CACERES MARIA DEL CARMEN c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS
Una mujer reclamó a la ANSeS prestaciones previsionales y, al resolverse el caso, la Corte Suprema aclaró su sentencia anterior y revocó la decisión de instancia previa, con el alcance fijado por los precedentes que cita. La solución se apoya en los criterios sentados en Feyte (1995) y Cabrera (1998) respecto de la deuda por aportes que la titular mantiene con el sistema previsional.
¿Quién es el actor?
María del Carmen Cáceres.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
prestaciones varias de la seguridad social.
¿Qué se resolvió?
la Corte aclaró el pronunciamiento de fs. 129 y revocó la sentencia de fs. 112, con el alcance que surge de los precedentes citados, y ordenó notificar y devolver las actuaciones con copia de esos precedentes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el planteo del actor que se refiere a que en la sentencia dictada por esta Corte a fs. 129 se ha omitido pronunciamiento sobre el criterio que debe aplicarse con relación a la deuda por aportes que la titular mantiene con el sistema previsional, justifica que se aclare el fallo dictado."
"Que dicha cuestión resulta sustancialmente análoga a la resuelta por esta Corte en la causa F.496.XXVIII 'Feyte, Francisco Anselmo c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos' con fecha 22 de junio de 1995 y C.413.XXXII 'Cabrera, Clementina c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos' con fecha 7 de julio de 1998, a cuyas consideraciones cabe remitirse en razón de brevedad."
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Fallos que cita
- Feyte, Francisco Anselmo c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 22/06/1995
- Cabrera, Clementina c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores AutónomosCSJN · 07/07/1998
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