JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BIGLIANI ARMANDO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y el Ministerio Público en un reclamo de reajuste por movilidad previsional. Revocó la sentencia apelada en los términos de los precedentes Arena, Schiariti e Iglesias, con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 113. XXXVII. ROR
Reajuste por movilidad Haberes previsionales Anses Recurso ordinario Ley de solidaridad previsional Art. 21 ley 24.463 Arts. 22 y 23 ley 24.463 Inconstitucionalidad Costas por su orden Ministerio publico.

¿Quién es el actor?

Armando José Bigliani.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público; se revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en los fallos "Arena", "Schiariti" e "Iglesias"; costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 324:2360 ('Arena'), al que cabe remitir por razón de brevedad."

Considerando 2°: "las cuestiones relacionadas con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

Considerando 3°: "los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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