JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GODOY EUDALDO Y OTROS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Los actores reclamaron la movilidad de sus haberes previsionales y la actualización de sus prestaciones frente a la ANSeS. La Corte Suprema declaró desierto el recurso de la ANSeS, admitió el del actor, confirmó la tasa de interés y las costas, y ordenó aplicar la movilidad conforme a los precedentes Sánchez y Badaro, descontando los incrementos dispuestos por decretos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1164. XXXIX. ROR
Movilidad previsional Haber previsional Reajuste Anses Ley 26.153 Ley 24.463 Tasa de interes Costas Inconstitucionalidad Prescripcion

Demandante (Actor): Eduardo Godoy y otros.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste y movilidad de los haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró desierto el recurso ordinario de la ANSeS (por falta de presentación del memorial del art. 280 CPCCN) y declaró procedente el recurso del actor. Ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 2° de la ley 26.153, confirmó la sentencia en materia de tasa de interés y costas, la revocó con el alcance indicado en los precedentes "Pellegrini" y "Sánchez", y dispuso que la movilidad del período indicado en "Badaro" se practique conforme al índice allí fijado, salvo que los aumentos por decretos del Poder Ejecutivo arrojen una prestación superior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las objeciones del titular vinculadas con la movilidad del haber previsional a partir del 1° de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones por el período comprendido entre el 1° de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006."

"La pretensión del demandante de que, para la determinación del haber inicial, se sustituya el índice legal por el de peón industrial, debe ser desestimada pues no ha demostrado el perjuicio actual y concreto que la aplicación del índice del nivel general de remuneraciones podría ocasionar en su prestación..."

"...las críticas dirigidas a obtener la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 de la ley 24.463 y 55 de la ley 18.037... han sido formuladas de manera genérica, sin probar el gravamen específico... por lo que la objeción planteada aparece sustentada en un agravio hipotético y es prematura (conf. causa 'Panizza', Fallos: 326:216)."

"...los planteos vinculados con la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463, guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por esta Corte en la causa F.444.XXXVIII 'Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripción'..."

"...los cuestionamientos relacionados con la tasa pasiva de interés y con la fijación de una quita porcentual en el haber de la prestación... deberá estarse a lo allí resuelto."

"...las objeciones del actor vinculadas con el plazo de prescripción previsto por el art. 82 de la ley 18.037, son el fruto de una reflexión tardía. Lo resuelto por el juez de grado sobre el punto quedó firme..."

"...deviene abstracto el tratamiento de las impugnaciones que se refieren al artículo 22 de la ley 24.463, pues a partir de la entrada en vigencia de la ley 26.153, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 2°)."

"...no presentó el memorial exigido por dicha norma [art. 280, segundo párrafo, CPCCN], por lo que corresponde declarar la deserción del remedio intentado."

Normas que cita

  • Ley 26.153art. 2 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.463arts. 9, 21, 22 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037arts. 55, 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • PanizzaCSJN · Fallos 326:216
  • Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripciónCSJN · 20/08/2008
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • PellegriniCSJN · Fallos 329:5525

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