GALLARO NORBERTO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema revocó la sentencia que había aplicado una quita porcentual al haber previsional del actor, con el alcance fijado en los precedentes Pellegrini y Sánchez, y confirmó la sentencia en lo demás. Declaró abstractos los planteos vinculados con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 y remitió a sus precedentes en materia de prescripción y de constitucionalidad del art. 21 de la misma ley.
¿Quién es el actor?
Norberto Antonio Gallaro.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes del haber previsional (movilidad, nivel inicial de la prestación y quita porcentual).
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos ordinarios; se revocó la sentencia apelada con el alcance de los precedentes citados, se la confirmó de acuerdo con lo expresado en "Iglesias" y se ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153. Costas por su orden en todas las instancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"las objeciones referentes a la aplicación de una quita porcentual en el haber de la prestación, suscitan el examen de cuestiones que han sido resueltas en el antecedente "Pellegrini" (Fallos: 329:5525), por lo que corresponde revocar la sentencia apelada con dicho alcance."
"la impugnación del peticionario respecto de la prescripción liberatoria ha sido resuelta por esta Corte en contra de sus pretensiones en la causa I.406.XXXVIII "Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes varios", fallada el 15 de agosto de 2006, a la que cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad, lo cual torna innecesario expedirse respecto de la constitucionalidad de la ley 21.864."
"los agravios vinculados con la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463, guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en la causa F.444.XXXVIII "Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripción" (votos concurrentes y disidencias), fallada en la fecha, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
Sobre el planteo de movilidad (considerando 2°): "los agravios del actor referentes a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037, guardan sustancial analogía con los examinados por el Tribunal el precedente "Sánchez" (Fallos: 328:1602 y 2833), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos, solución que exime de tratar el planteo de inconstitucionalidad de la ley de convertibilidad citada."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 21.864Aportes y deudas previsionales
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- PellegriniCSJN · Fallos 329:5525
- Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 15/08/2006
- Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripciónCSJN
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