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Corte Suprema

OGANDO ANDRES c/ EDITORIAL RIO NEGRO S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Ogando Andrés c/ Editorial Río Negro S.A. llegó a la Corte mediante recurso de queja contra la denegatoria de un recurso extraordinario, en una cuestión de competencia local. La Procuración General aconsejó rechazar la queja, por no tratarse de sentencia definitiva y no verificarse arbitrariedad manifiesta.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 13. XLIV. RHE
Competencia territorial Recurso de queja Recurso extraordinario Sentencia definitiva Articulo 14 ley 48 Arbitrariedad Inaplicabilidad de ley Editorial rio negro Cuestion procesal Procuracion general

¿Quién es el actor?

Andrés Ogando.

¿A quién se demanda?

Editorial Río Negro S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

litigio civil sobre competencia territorial, en la ciudad de Neuquén (Juzgado Civil N° 1).

¿Qué se resolvió?

el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén declaró inadmisible el recurso de inaplicabilidad de ley, quedando firme la asignación de competencia. Contra ello, la demandada interpuso recurso extraordinario, denegado, lo que dio lugar a la queja. La Procuración aconseja rechazarla y confirmar la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Para así decidir, los jueces se basaron principalmente en el hecho de que el fallo impugnado no reviste el carácter de definitivo, ya que no pone fin al pleito ni impide su continuación."

"Allí tuve oportunidad de señalar que -como ocurre en este caso-, no obstante los esfuerzos de la apelante por demostrar lo contrario, el recurso deducido no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal."

"En tales condiciones, es menester aplicar la inveterada doctrina de esa Corte con arreglo a la cual las cuestiones de competencia no habilitan la jurisdicción apelada, en los términos del artículo 14 de la ley 48, por no estar satisfecho aquél requisito de admisibilidad."

"La solución que propugno se reafirma también a través de la consolidada enseñanza de V.E., según la cual las resoluciones de las Cortes provinciales que desestiman recursos a nivel local, escapan -en principio- al control propio del remedio que pretende activarse, máxime si se trata de situaciones de índole netamente procesal."

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Macrocom S.R.L. y otro c/ Editorial Río Negro S.A. s/ daños y perjuiciosCSJN · 26/02/2008
  • Fallos 311:2701CSJN
  • Fallos 322:1481CSJN
  • Fallos 323:259CSJN
  • Fallos 324:1098CSJN
  • Fallos 325:581CSJN
  • Fallos 326:1198CSJN
  • Fallos 327:312CSJN
  • Fallos 328:4489CSJN
  • Fallos 329:2212CSJN
  • Fallos 247:284CSJN
  • Fallos 249:469CSJN
  • Fallos 259:13CSJN
  • Fallos 293:521CSJN
  • Fallos 303:827CSJN

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