JurisprudenciaARG
Corte Suprema

JIMENEZ ALBERTO RAFAEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor, jubilado, promovió demanda contra la ANSeS para obtener el reajuste de su haber previsional por movilidad. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario del actor, desierto el de la ANSeS, revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en los precedentes Sánchez y Monzo, la confirmó en lo dispuesto en Flagello y ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
J. 40. XXXVII. ROR
Reajuste por movilidad Haber previsional Haber inicial Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Ley 26.153 Ley 18.037 Haberes maximos Ajuste por indice de remuneraciones Recurso ordinario.

¿Quién es el actor?

Alberto Rafael Jiménez (jubilado).

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes por movilidad.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario del actor y desierto el de la ANSeS; se revocó la sentencia apelada con el alcance de los precedentes "Sánchez" y "Monzo", se la confirmó de acuerdo con lo expuesto en "Flagello" y se ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las objeciones del titular vinculadas con la determinación del haber inicial y con la necesidad de revisar el criterio fijado en el fallo 'Chocobar', suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en los precedentes 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Monzo' (Fallos: 329:3211), por lo que deberá estarse a lo allí resuelto."

"El actor no ha demostrado el gravamen producido por los arts. 49 y 53 de la ley 18.037, cuya inconstitucionalidad plantea, lo que deja sin fundamento a la tacha mencionada, máxime cuando la solución dispuesta por el a quo no se basa en la utilización de coeficientes sino en la aplicación estricta del índice del nivel general de las remuneraciones. Tampoco se ha probado la incidencia del sistema de haberes máximos, por lo que su cuestionamiento resulta prematuro (conf. causa 'Panizza', Fallos: 326:216)."

"Los agravios del demandante vinculados con la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en la causa F.444.XXXVIII 'Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripción' (votos concurrentes y disidencias), fallada con fecha 20 de agosto pasado, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

"Resulta abstracto el tratamiento de los planteos que se refieren a los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, pues el art. 23 mencionado ha quedado derogado según lo dispuesto por la ley 26.153, y el cumplimiento de esta sentencia, en virtud de la entrada en vigencia de la última norma citada, deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21, ley 26.153)."

"Las críticas esgrimidas por el organismo previsional no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, lo cual obsta el tratamiento del remedio intentado y lleva a declarar su deserción."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 19, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037arts. 49, 53 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • MonzoCSJN · Fallos 329:3211
  • FlagelloCSJN · 20/08/2008
  • ChocobarCSJN
  • PanizzaCSJN · Fallos 326:216
  • López, Juan Carlos c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 11/11/2008

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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