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Corte Suprema

DE LUIS ALBERTO JULIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de sus haberes previsionales (movilidad) y la aplicación de la tasa de interés, y la ANSeS apeló la sentencia de primera instancia. La Corte Suprema concedió parcialmente los recursos: confirmó la tasa de interés fijada en Spitale, ordenó aplicar la movilidad según Badaro (descontando lo abonado por decretos del Poder Ejecutivo) y revocó el plazo de cumplimiento para ajustarlo al art. 21 de la ley 26.153.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 216. XL. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes previsionales Tasa de interes Precedente badaro Precedente spitale Ley 26.153 Ley 24.463 Arts. 22 y 23 Recurso ordinario Anses

¿Quién es el actor?

Alberto Julio De Luis.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales (movilidad) desde abril de 1995 hasta fines de 2006, con intereses.

¿Qué se resolvió?

se rechazó el planteo extemporáneo del actor (fs. 108/114 vta.); se declaró parcialmente procedente el recurso de la ANSeS y procedente el del actor; se confirmó la tasa de interés según "Spitale"; se aplicó la movilidad según "Badaro", descontando los aumentos de los decretos del Poder Ejecutivo cuando arrojen una prestación superior; y se revocó el punto referido a los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, adecuando el plazo de cumplimiento al art. 21 de la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"los agravios del titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en la causa 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."

"los planteos de las partes que se dirigen a objetar la tasa de interés aplicada, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."

"los agravios del organismo previsional relacionados con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 resultan abstractos ya que dicho aspecto ha sido modificado por la ley 26.153. En consecuencia, corresponde revocar la sentencia en el punto y adecuar el término ordenado a lo dispuesto por el art. 21 de la citada ley."

"los restantes agravios de la ANSeS no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación."

El planteo del actor, formulado fuera de término y tendiente a aplicar "Sánchez" (Fallos: 328:1602 y 2833), "remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en el antecedente 'Andino' (Fallos: 328:3041) y en la causa C.617.XLI 'Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes varios'".

Normas que cita

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • AndinoCSJN · Fallos 328:3041
  • Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005

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