CARREFOUR ARGENTINA S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE ROSARIO s/ACCION MERE DECLARATIVA
La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario deducido por Carrefour Argentina S.A. y confirmó la sentencia que declaró la incompetencia de la justicia federal para entender en la acción de inconstitucionalidad contra la ordenanza municipal de Rosario que elevó el derecho de registro e inspección. El tribunal sostuvo que la cuestión no es exclusivamente federal sino que involucra una cuestión local, por lo que debe tramitar ante los jueces provinciales.
¿Quién es el actor?
Carrefour Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Rosario
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción meramente declarativa de inconstitucionalidad del artículo 68 de la Ordenanza 7948/05, que modificó el artículo 8° del capítulo II de la Ordenanza General Impositiva, elevando el monto del derecho de registro e inspección y estableciendo alícuotas diferentes según la casa central del comercio esté dentro o fuera del ejido municipal.
¿Qué se resolvió?
la Corte confirmó la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario (Sala A), que había revocado la resolución de primera instancia y declarado la incompetencia federal. Con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Dictamen de la Procuradora Fiscal, al que la mayoría remite: "la nuda violación de derechos constitucionales proveniente de autoridades de provincia, no sujeta por sí sola las causas que de ella surjan al fuero federal, considero que la causa debe continuar su trámite ante los órganos judiciales locales, pues todos los jueces, de cualquier jerarquía y fuero, pueden y deben interpretar y aplicar la Constitución y las leyes de la Nación en las causas cuyo conocimiento les corresponda".
Se reitera la doctrina según la cual "la intervención del fuero federal en las provincias es de excepción y se encuentra circunscripta a las causas que expresamente le atribuyen las leyes que fijan su competencia, las cuales son de interpretación restrictiva" (Fallos: 319:308; 323:872; 327:3515; 329:5190).
Según el dictamen, "la materia del pleito no es exclusivamente federal, sino que involucra un planteamiento conjunto de una cuestión local con otra de orden federal", por lo que el precedente "Unilever" (Fallos: 328:3340) resulta inaplicable.
La ministra Argibay, por su voto individual, consideró que la cuestión guarda "sustancial analogía" con "Unilever", a cuyos fundamentos remitió.
Las cuestiones federales podrán ser tuteladas, en su caso, mediante el recurso extraordinario del artículo 14 de la ley 48.
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Normas que cita
Fallos que cita
- UnileverCSJN · Fallos 328:3340
- Fallos 310:1425CSJN
- Fallos 323:189CSJN
- Fallos 324:533CSJN
- Fallos 328:73CSJN
- Fallos 329:5514CSJN
- Fallos 319:308CSJN
- Fallos 323:872CSJN
- Fallos 327:3515CSJN
- Fallos 329:5190CSJN
- Fallos 326:1372CSJN
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