JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PROVINCIA DEL CHACO c/ PARRA DE BOSCO ANA M. Y OTROS s/EXPROPIACION

La Provincia del Chaco promovió una inhibitoria en un proceso de expropiación contra Ana M. Parra de Bosco y otros, y la Corte Suprema declaró que la causa no corresponde a su competencia originaria. La Corte revocó la resolución recurrida y devolvió los autos al Juzgado Federal de Primera Instancia de Resistencia para que se pronuncie sobre la inhibitoria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 197. XXXVI. REX
Competencia originaria Inhibitoria Expropiacion Recurso extraordinario Corte suprema Provincia del chaco Juzgado federal de resistencia Competencia federal Remision al dictamen.

¿Quién es el actor?

Provincia del Chaco.

¿A quién se demanda?

Ana M. Parra de Bosco y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Expropiación; la controversia se canaliza mediante una inhibitoria.

¿Qué se resolvió?

Se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la resolución recurrida y se declara que la causa no corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema. Los autos se devuelven al Juzgado Federal de Primera Instancia de Resistencia para que su titular se pronuncie sobre la inhibitoria planteada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, y se remite a sus fundamentos y conclusiones por razones de brevedad." El fallo no desarrolla argumentos propios, por remisión al dictamen de la Procuradora Fiscal.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 117

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