PANE DANIEL FRANCISCO c/ ZAMPONI FERNANDO ALEJO NAZARENO Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA
La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario del ejecutado y revocó el modo de cálculo del monto de la ejecución en moneda extranjera. Aplicando el principio del esfuerzo compartido, rechazó la inaplicabilidad de la ley 26.167 y fijó el pago en pesos con un ajuste del 30% de la brecha cambiaria.
Actor (ejecutante/acreedor): Daniel Francisco Pane.
Demandado (ejecutado): Fernando Alejo Nazareno Zamponi.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución de un crédito (ejecución hipotecaria/ejecutivo, según la causa "Bezzi" a la que se remite) en moneda extranjera, en el marco de la emergencia económica y de la ley 26.167.
¿Qué se resolvió?
se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario del ejecutado y se revocó el fallo apelado en cuanto al modo de calcular el monto de la ejecución. Se rechazó el planteo de inaplicabilidad de la ley 26.167 formulado por la actora y, en uso de las facultades del art. 16, segundo párrafo, de la ley 48, se condenó al demandado, por aplicación del principio del esfuerzo compartido, a pagar el capital transformado a pesos a razón de $1 por dólar, más el 30% de la brecha con la cotización del mercado libre de cambio (tipo vendedor) al día del pago, con más una tasa del 7,5% anual entre moratorios y punitorios desde la mora hasta el pago efectivo. Las costas de la ejecución se impusieron según el art. 558 del CPCCN; las de los incidentes sobre validez constitucional de las normas de emergencia se distribuyeron en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte remite por razón de brevedad a los fundamentos de la causa "Bezzi, Rubén Amleto y otro c/ Valentín Sixto Carlos y otro s/ ejecución hipotecaria - ejecutivo" (CSJN, 11/09/2007, votos concurrentes), por considerar que las cuestiones son sustancialmente análogas. Expresamente se transcribe: "Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa B.2087.XLII 'Bezzi...' con fecha 11 de septiembre de 2007, votos concurrentes, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad." Aclaración: la jueza Argibay se remitió a su disidencia en esa causa, por lo que su postura no integra la solución mayoritaria de este fallo.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 26.167Emergencia publica
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
- CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Bezzi, Rubén Amleto y otro c/ Valentín Sixto Carlos y otro s/ ejecución hipotecaria - ejecutivoCSJN · 11/09/2007
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.