JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FONTANA HECTOR PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la ANSeS por reajustes de su haber jubilatorio, cuestionando la movilidad de las prestaciones y la tasa de interés aplicable. La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que había revocado la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 y aplicado la doctrina de Fallos 322:2226.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 562. XXXVI. ROR
Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Ley 23.928 Ley 18.037 Inconstitucionalidad Art. 21 ley 24.463 Tasa de interes Reajustes previsionales Anses Fallos 322:2226

¿Quién es el actor?

Héctor Pedro Fontana.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio (movilidad de las prestaciones y tasa de interés).

¿Qué se resolvió?

la Corte, por mayoría, declaró procedente el recurso ordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "el planteo referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afecta a la movilidad establecida por la ley 18.037, ha sido resuelto por esta Corte en contra de las pretensiones del recurrente en Fallos: 319:3241 (AChocobar@), sin que se invoquen argumentos novedosos que justifiquen una solución distinta."

Considerando 3°: "la tacha de inconstitucionalidad formulada contra la ley 23.928 carece de fundamento pues la movilidad de las prestaciones jubilatorias correspondientes al período posterior a la fecha de su vigencia no se rige por sus disposiciones sino por la ley 24.463."

Considerando 4°: la objeción sobre la aplicación del art. 21 de la ley de solidaridad previsional "encuentra adecuada respuesta en Fallos: 324:2360 (AArena@), al que cabe remitir."

Considerando 5°: los agravios sobre la tasa de interés "son sustancialmente análogos a los analizados y resueltos por la Corte en el antecedente publicado en Fallos: 325:1185 (AAguilar@), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."

¿Cómo votaron los jueces?

el juez Belluscio se remitió a su disidencia en la causa Chocobar (Fallos 319:3241), sin desarrollar fundamentos propios en este pronunciamiento.

Normas que cita

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • RuppCSJN · Fallos 322:2226

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.