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Corte Suprema

WEISS ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la actora y de la ANSeS, y revocó parcialmente la sentencia en materia de determinación del haber inicial y movilidad posterior al 11 de abril de 1991, conforme a los precedentes Monzo, Sánchez y Badaro. Confirmó lo resuelto sobre la tasa de interés y las costas, y desestimó el planteo de sustitución del índice de ajuste y la inconstitucionalidad genérica de la ley 25.344.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
W. 96. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Haber inicial Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Ley 26.153 Ley 25.344 Tasa pasiva de interes Indice de remuneraciones Inconstitucionalidad generica Anses

¿Quién es el actor?

Rosa Weiss.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de la prestación previsional, en particular la determinación del haber inicial y su movilidad posterior.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar parcialmente a los recursos ordinarios. Se revoca la sentencia apelada con el alcance indicado en los precedentes "Monzo" y "Sánchez" y se dispone que la movilidad por el lapso indicado en "Badaro" se practique con el índice fijado allí, salvo que los aumentos por decretos del Poder Ejecutivo arrojen una prestación superior. Se confirma lo decidido sobre la tasa de interés y las costas (en concordancia con "Spitale" y "Flagello"). Se ordena el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las objeciones de la titular vinculadas con el método de cálculo del primer haber de la prestación y su movilidad posterior al 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Monzo' (Fallos: 329:3211), 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones por el período comprendido entre el 11 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006."

"la pretensión del demandante de que para la determinación del haber inicial y su posterior movilidad se sustituya el índice legal por uno combinado de costo de vida y salario de peón industrial, carece de fundamento pues no ha demostrado el perjuicio actual y concreto que la aplicación del índice del nivel general de remuneraciones podría ocasionar en su prestación, ni el provecho que obtendría mediante el reemplazo de dicha variable de ajuste, circunstancia que lleva a declarar la deserción del remedio intentado sobre el punto."

"el planteo de inconstitucionalidad de la ley 25.344 ... ha sido formulado de manera genérica, sin alegar un daño específico que justifique la inaplicabilidad de sus previsiones."

"las objeciones vinculadas con la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463, guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por esta Corte en la causa 'Flagello' ... a cuyos términos corresponde remitirse."

"resulta abstracto expedirse sobre la validez constitucional de los artículos 16, 19 y 23 de la ley 24.463, pues el art. 19 ha sido derogado por la ley 26.025 y los arts. 16 y 19 por la ley 26.153."

"las críticas de las partes dirigidas a objetar la tasa pasiva de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."

Normas que cita

Fallos que cita

  • MonzoCSJN · Fallos 329:3211
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • FlagelloCSJN · 20/08/2008
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • López, Juan CarlosCSJN · 11/11/2008

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