GONZALEZ RAIMUNDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema admitió los recursos ordinarios de la parte actora y de la ANSeS en un reajuste previsional, y confirmó la tasa de interés y las costas, revocando la movilidad aplicada por la Cámara conforme a los precedentes Monzo, Sánchez y Badaro. Ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Raimundo González (jubilado).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional (determinación del haber inicial, movilidad posterior al 11 de abril de 1991, exclusión de la consolidación de las leyes 25.344 y 25.565, constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463, tasa de interés y costas).
¿Qué se resolvió?
declarar procedentes los recursos ordinarios; confirmar la sentencia respecto de la tasa de interés y las costas; revocarla con el alcance indicado en los precedentes "Monzo" y "Sánchez"; disponer que la movilidad por el lapso indicado en "Badaro" se practique conforme al índice allí fijado, salvo que los aumentos por decretos del Poder Ejecutivo en igual período arrojen una prestación superior; y ordenar el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"las objeciones del titular vinculadas con la determinación del haber inicial y su movilidad posterior al 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Monzo' (Fallos: 329:3211), 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo..."
"la pretensión del demandante de que para la determinación del haber inicial y su posterior movilidad se sustituya el índice legal por uno combinado de costo de vida y salario de peón industrial, carece de fundamento pues no ha demostrado el perjuicio actual y concreto ... circunstancia que lleva a declarar la deserción del remedio intentado sobre el punto."
"son procedentes los planteos del jubilado dirigidos a que se lo excluya de la consolidación dispuesta por las leyes 25.344 y 25.565, pues surge de fs. 1 del expediente administrativo que en la actualidad tiene más de ochenta años de edad..."
"resulta abstracto expedirse sobre la validez constitucional de los artículos 16, 19 y 23 de la ley 24.463, pues el art. 19 ha sido derogado por la ley 26.025 y los arts. 16 y 23 por la ley 26.153."
"las críticas de las partes dirigidas a objetar la tasa pasiva de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 19, 21, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 26.025art. 19 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344Emergencia economica-financiera
- Ley 25.565Presupuesto
- Resolución 1061/2001
- Resolución 562/2002
Fallos que cita
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.