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Corte Suprema

PINCEN HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos ordinarios de las partes en el reclamo de reajuste de haberes previsionales por movilidad promovido contra la ANSeS. Revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social con el alcance fijado en el precedente Heit Rupp, y desestimó los agravios sobre movilidad remitiendo a Chocobar y González.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 316. XXXV. ROR
Reajuste previsional Movilidad de haberes Ley 24.463 Inconstitucionalidad Recurso ordinario Anses Heit rupp Chocobar Schiariti Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Héctor Pincen.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes del haber previsional por movilidad.

¿Qué se resolvió?

revocación de la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social, con el alcance del precedente "Heit Rupp", y costas por su orden. La parte resolutiva no transcribe el texto completo de la decisión tomada en la instancia anterior, por lo que el alcance concreto de la revocación depende de lo fijado en "Heit Rupp".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "corresponde desestimar los agravios del actor referentes a la movilidad del haber, habida cuenta de que las cuestiones planteadas han sido resueltas en contra de sus pretensiones en los precedentes publicados en Fallos. 319:3241 ('Chocobar') y 323:555 ('González'), a los cuales, en lo pertinente, cabe remitir, sin que se adviertan razones que conduzcan a modificar el criterio adoptado." El juez Belluscio se remite a su disidencia en "Chocobar".

Considerando 3°: el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 5, 7, 16, 17, 19, 22, 23 y 25 de la ley 24.463 "encuentra adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 323:1861 ('Schiariti')" y en "Di Nápoli" y "Iglesias", "a cuyas consideraciones cabe remitir por razón de brevedad".

Considerando 4°: "los agravios de la demandada resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 322:2226 ('Heit Rupp'), votos concurrentes, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 1, 2, 5, 7, 16, 17, 19, 21, 22, 23, 25 · Solidaridad previsional
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • GonzálezCSJN · Fallos 323:555
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Di Nápoli, Concepción c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 22/12/1998
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeSCSJN · 17/04/2001
  • Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226

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