JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PARTIDO DEMOCRATA PROGRESISTA c/ SANTA FE, PROVINCIA DE s/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

El Partido Demócrata Progresista promovió acción originaria de inconstitucionalidad contra la ley provincial de lemas de Santa Fe por afectar la voluntad popular, la facultad partidaria de postular candidatos y la igualdad. La Procuración General propone rechazar la inconstitucionalidad del sistema de lemas, pero admitir la demanda respecto de la desigualdad que la ley 12.079 impone entre partidos y alianzas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 2778. XXXVIII. ORI
Ley de lemas Doble voto simultaneo Sistema electoral Partidos politicos Alianzas electorales Igualdad ante la ley Voluntad popular Control de razonabilidad Autonomia provincial Representacion republicana.

¿Quién es el actor?

Partido Demócrata Progresista, representado por el secretario general de su Junta Ejecutiva Nacional.

¿A quién se demanda?

Provincia de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la ley provincial 10.524, con las reformas de la ley 12.079 (sistema de lemas o doble voto simultáneo).

Agravios del actor: (a) el sistema desvía el voto hacia el sublema más votado, alterando la voluntad popular (arts. 1° y 37 CN); (b) enajena la facultad de los partidos de designar candidatos (art. 38 CN y ley 23.298); (c) invade competencias del Congreso en materia electoral y de personas jurídicas; (d) crea desigualdad al permitir sublemas a partidos y negarlos a alianzas (art. 16 CN).

¿Qué se resolvió?

rechazar la inconstitucionalidad del sistema de lemas, por tratarse de una opción legislativa electoral razonable no revisable judicialmente, y hacer lugar a la demanda sólo en cuanto a la desigualdad entre partidos y alianzas establecida por la ley 12.079.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...las facultades de la Nación son definidas y las de las provincias indefinidas... en materia electoral... las provincias se dan sus propias instituciones y se rigen por ellas." (Dictamen, Parte V).

"...la conveniencia de adoptar un determinado sistema electoral, escapa al control judicial de constitucionalidad... la opción ejercida por el Poder Legislativo local, siempre que se haya observado el principio de razonabilidad, no es revisable..." (Parte VI).

"...no hay sistema ideal ni ingenuo." (Parte VI).

Sobre el art. 16 CN: "...los partidos políticos y las alianzas deben gozar de iguales derechos y tener las mismas obligaciones... ese permiso para conformar alianzas pero con impedimentos... provoca... un desequilibrio dentro del propio sistema electoral que lesiona la garantía de igualdad." (Parte IX).

Conclusión: "...debe acogerse la demanda sólo en lo que hace a desigualdad plasmada en la ley 12.079... sin perjuicio de su rechazo respecto de la declaración de inconstitucionalidad de la ley de lemas..." (Parte X).

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 1, 5, 14, 16, 37, 38, 45, 54, 94, 116, 121, 122, 123
  • Constitución (Santa Fe)arts. 29, 55 inc. 3
  • Ley 23.298arts. 2, 5, 29, 29 bis · Ley organica de los partidos politicos
  • Ley 25.611Ley organica de los partidos politicos
  • Ley 10.524 (Santa Fe)arts. 3, 14, 16
  • Ley 12.079 (Santa Fe)art. 3
  • Ley 6808 (Santa Fe)art. 11
  • Decreto 1447 (Santa Fe)
  • CPCCNarts. 322, 498 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Partido Justicialista Distrito Electoral de Catamarca c/ Catamarca, Provincia de s/ acción declarativa de certezaCSJN · 18/02/2003 · Fallos 310:804
  • Fallos 177:390CSJN
  • Fallos 311:2580CSJN
  • Fallos 321:1252CSJN
  • Fallos 310:1045CSJN
  • Fallos 314:1202CSJN
  • Fallos 315:2804CSJN
  • Fallos 321:3542CSJN
  • Fallos 322:2817CSJN
  • Alianza Frente por un Nuevo País s/ solicita cumplimiento del art. 54 de la Constitución NacionalCSJN · 06/03/2003

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