OPACAK ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber previsional frente a la ANSeS, cuestionando la movilidad, la tasa de interés y la aplicación de la ley 21.864. La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2 y 3 de la ley 21.864 y ordenó practicar la movilidad conforme al índice fijado en Badaro, con la salvedad de los incrementos decretados por el Poder Ejecutivo que resulten más favorables.
¿Quién es el actor?
Antonio Opacak.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional (movilidad, tasa de interés, quita porcentual, prescripción y sumas anteriores a abril de 1991).
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos ordinarios; se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2 y 3 de la ley 21.864; se confirmó la sentencia en cuanto a la tasa de interés; se revocó con el alcance de "Pellegrini" y "Sánchez"; y se dispuso que la movilidad se practique según el índice de "Badaro", salvo que los aumentos por decretos resulten superiores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...las objeciones del demandante relacionadas con la incidencia de la ley 23.928 sobre la prestación y con la movilidad del haber previsional a partir del 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad..."
"...los planteos vinculados con la tasa pasiva de interés, con la aplicación de una quita porcentual en el haber jubilatorio y con el plazo de prescripción previsto por el art. 82 de la ley 18.037, guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por esta Corte en las causas 'Spitale' (Fallos: 327:3721), 'Pellegrini' (Fallos: 329:5525) e I.406.XXXVIII 'Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes varios'..."
"...los agravios del titular vinculados con las sumas que le corresponden percibir por el período anterior a abril 1991 y con la aplicación de la ley 21.864, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Tribunal en el precedente 'Domínguez' (Fallos:326:1436)..."
"...deviene abstracto el tratamiento de las impugnaciones de la demandada relacionadas con los artículos 16 y 17 de la ley 24.463, pues dichas normas han sido derogadas por la ley 26.153."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 21.864arts. 1, 2, 3 · Aportes y deudas previsionales
- Ley 24.463arts. 16, 17, 19 · Solidaridad previsional
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.153Solidaridad previsional
Fallos que cita
- DomínguezCSJN · Fallos 326:1436
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- PellegriniCSJN · Fallos 329:5525
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- BadaroCSJN · Fallos 329:3089
- BadaroCSJN · Fallos 330:4866
- Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 15/08/2006
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.