PEÑA MARIO ERNESTO s/CASACION
El querellante promovió acción penal por injurias contra Mario Ernesto Peña, quien fue condenado en primera instancia y en casación provincial. El Procurador General de la Nación dictaminó que la acción penal se encuentra prescripta y propuso declararla extinguida y sobreseer al imputado.
Actor (querellante): Rodolfo José Urtubey.
Demandado (querellado/imputado): Mario Ernesto Peña.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso penal por el delito de injurias cometido en perjuicio de Rodolfo José Urtubey.
¿Qué se resolvió?
La Corte de Justicia de Salta declaró formalmente inadmisible el recurso de casación contra la sentencia que condenó a Peña a cuatro meses de prisión en suspenso, al pago de una suma de dinero y a la publicación del fallo.
Trámite ante la Corte Suprema: La defensa interpuso recurso extraordinario (fs. 734/749), cuyo trámite fue suspendido para que en las instancias correspondientes se tratara la prescripción de la acción penal. Esa excepción fue rechazada en primera instancia (fs. 818/821) y la Corte provincial no la evaluó por exceder su competencia (considerando 161).
Dictamen del Procurador: Se propone declarar extinguida por prescripción la acción penal y sobreseer al imputado, por cuanto desde la sentencia condenatoria del 5 de marzo de 1998 hasta el 4 de septiembre de 2001 transcurrió con exceso el máximo de duración de las penas previstas en el art. 110 del Código Penal, sin actos interruptivos (art. 62, inc. 2º, CP).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Así como V.E. tiene dicho reiteradamente que la prescripción es una institución de orden público, que se produce de pleno derecho por el sólo transcurso del plazo pertinente (Fallos: 275:241; 300:716; 301:339; 305:990; 312:1351; 313:1224, entre otros)..."
"...el derecho del imputado a que se ponga fin a la situación de indefinición que supone el enjuiciamiento penal puede encontrar tutela en la declaración de existencia de esa excepción (Fallos: 323:982, considerando 51, y sus citas)."
"...desde el pronunciamiento condenatorio de fojas 558/569 -5 de marzo de 1998- hasta la fecha, e incluso, hasta la referida certificación de antecedentes de Mario E. Peña -4 de septiembre de 2001- ha transcurrido con exceso el máximo de duración de las penas previstas en el artículo 110 del Código Penal, sin que se haya registrado acto procesal que constituya secuela de juicio o circunstancia alguna interruptiva de la prescripción..."
"...resulta insustancial el análisis de los agravios expuestos en el recurso extraordinario de fojas 734/749."
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Normas que cita
Fallos que cita
- Fallos 275:241CSJN
- Fallos 300:716CSJN
- Fallos 301:339CSJN
- Fallos 305:990CSJN
- Fallos 312:1351CSJN
- Fallos 313:1224CSJN
- Fallos 323:982CSJN
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