JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CRESPI OSBALDO RINO Y OTRA c/ PEN ME BCRA BCO. RIO DE LA PLATA SA BCO. SUQUIA s/AMPARO LEY 16986 Y MED. CAUTELAR

Los ahorristas reclamaron la restitución de depósitos bancarios desafectados y retenidos durante el régimen de corralito mediante amparo. La Corte Suprema modificó la sentencia apelada aplicando los precedentes Massa, Rodríguez, Ramona y Velo de Ipola, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 718. XLV. REX
Amparo Corralito Depositos bancarios Desafectacion Restriccion a la disponibilidad de fondos Banco central Precedente massa Precedente rodriguez Ramona Precedente velo de ipola Costas por su orden.

¿Quién es el actor?

Osbaldo Rino Crespi y otra.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional; Ministerio de Economía; Banco Central de la República Argentina; Banco Río de la Plata S.A.; Banco Suquía S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo (Ley 16.986) y medida cautelar tendiente a obtener la restitución de depósitos bancarios afectados por las restricciones dispuestas durante el corralito.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia apelada con los alcances de los precedentes "Massa", "Rodríguez, Ramona" y "Velo de Ipola"; las costas se impusieron por su orden por tratarse de cuestiones novedosas y complejas (art. 68, segunda parte, CPCCN); y se devolvieron los autos al tribunal a quo para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto de las desafectaciones para fines específicos (adquisición de dos inmuebles): "los jueces Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay consideran que resulta aplicable la doctrina establecida en el precedente V.247.XLIII. 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009 (...). Por su parte, el juez Petracchi se remite al precedente 'Ramos', cons. 5° y 6° (Fallos: 331:2316)".

Respecto de los depósitos desafectados por los demandantes: "los jueces Petracchi, Zaffaroni y Argibay consideran que resulta aplicable la doctrina establecida en la causa 'Rodríguez, Ramona' (Fallos 331:901) a cuyos fundamentos se remiten". El juez Fayt se remitió a su voto en "Rodríguez, Ramona" y la jueza Highton de Nolasco a "Cabrera" (Fallos: 327:2905).

Respecto de los depósitos no desafectados por los actores: "los jueces Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay estiman que resulta aplicable el criterio establecido por el Tribunal, en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913)". El juez Fayt comparte ese criterio y se remite a "Piriz" (Fallos: 330:331).

Normas que cita

  • Ley 16.986Amparo
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009
  • RamosCSJN · Fallos 331:2316
  • Rodríguez, RamonaCSJN · Fallos 331:901
  • CabreraCSJN · Fallos 327:2905
  • MassaCSJN · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · Fallos 330:331

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