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Corte Suprema

LEVA DE CAVALLERA NELIDA c/ BS.AS. NEW YORK LIFE SEGUROS s/ORDINARIO

La Corte Suprema hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario deducido por la aseguradora en un juicio ordinario promovido por herederos de un asegurado sobre la moneda de pago de la obligación. Revocó la sentencia apelada y ordenó al tribunal de origen dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina del precedente Longobardi.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 1241. XL. REX
Contrato de seguro de vida Obligacion de dar sumas de dinero Moneda de pago Moneda extranjera Recurso extraordinario Doctrina longobardi Vaisman Benedetti Aseguradora Herederos

¿Quién es el actor?

Nélida Adela Leva de Cavallera y otros (herederos).

¿A quién se demanda?

Buenos Aires New York Life Seguros de Vida S.A. (HSBC New York Life Seguros de Vida S.A. en el recurso).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cumplimiento de obligación derivada de un contrato de seguro de vida, en particular la moneda en la que la aseguradora debía pagar la suma asegurada (el expediente no detalla montos).

¿Qué se resolvió?

se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario, sólo respecto del punto V del dictamen del Procurador General; se revoca la sentencia apelada y se devuelve al tribunal a quo para que dicte nuevo pronunciamiento según "Longobardi". Costas de esta instancia por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"el Tribunal comparte el criterio del dictamen del señor Procurador General ... en cuanto a que el recurso extraordinario sólo resulta admisible en lo referente a la moneda en la cual la aseguradora debía cumplir su obligación."

"en lo relativo a esta última cuestión cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal en la causa V.485.XLIII 'Vaisman, Víctor Gabriel y otro c/ Poder Ejecutivo Nacional - Minist. de Economía y otro s/ amparo', sentencia del 12 de mayo de 2009."

"resulta aplicable, en lo pertinente, la doctrina de la causa 'Longobardi' (Fallos: 330:5345) votos concurrentes, cuyos fundamentos y conclusiones corresponde dar por reproducidos en razón de brevedad."

Los jueces Lorenzetti y Fayt se remiten a sus disidencias en "Longobardi"; la jueza Argibay se remite a los fundamentos de "Longobardi" y "Benedetti" (Fallos: 331:2006).

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • LongobardiCSJN · Fallos 330:5345
  • Vaisman, Víctor Gabriel y otro c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 12/05/2009
  • BenedettiCSJN · Fallos 331:2006

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