MIRANDA HECTOR FERNANDO c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO
El actor promovió amparo contra el Estado Nacional en el marco de un reclamo vinculado a depósitos bancarios. La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, aplicando los criterios sentados en los precedentes Velo de Ipola y Ramos.
Actor (demandante): Héctor Fernando Miranda.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo; el texto de la sentencia no detalla el reclamo concreto, aunque los traslados mencionan entidades bancarias (Banco de Galicia, Citibank, Banco Río, HSBC, Banco Macro) como partes intervinientes.
¿Qué se resolvió?
Se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios. Costas por su orden, en razón de tratarse de una cuestión jurídica novedosa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Resulta aplicable a las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa V.247.XLIII 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."
"Por su parte, el juez Petracchi se remite al precedente 'Ramos' (Fallos 331:2316) en el que se estableció un análogo criterio."
"Costas por su orden en razón de tratarse de un cuestión jurídica novedosa."
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Fallos que cita
- Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009
- RamosCSJN · Fallos 331:2316
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