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Corte Suprema

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES c/ MISIONES, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Administración de Parques Nacionales promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Provincia de Misiones por la ley local 4467. La Corte Suprema rechazó el recurso de reposición interpuesto por la provincia contra la medida cautelar que suspendió los efectos de dicha ley, con costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1316. XLIV. ORI
Recurso de reposicion Medida cautelar Accion declarativa de inconstitucionalidad Ley 4467 Provincia de misiones Administracion de parques nacionales Presuncion de validez de los actos Verosimilitud del derecho Peligro en la demora Instancia originaria

¿Quién es el actor?

Administración de Parques Nacionales.

¿A quién se demanda?

Provincia de Misiones.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción declarativa de inconstitucionalidad contra la ley local 4467 y las normas y actos dictados en su consecuencia.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de reposición interpuesto a fs. 81/92, con costas (artículos 68, primer párrafo, y 69 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). El recurso había sido interpuesto contra la resolución que hizo lugar a la medida cautelar y ordenó suspender los efectos de la ley 4467 hasta el dictado de sentencia definitiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso interpuesto debe ser rechazado toda vez que, como lo ha resuelto el Tribunal en reiteradas oportunidades, sus sentencias no son susceptibles de ser revisadas por vía del recurso de revisión, reconsideración, revocatoria o nulidad, excepto en el caso de situaciones serias e inequívocas que demuestren con claridad manifiesta el error que se pretende subsanar (Fallos: 297:543; 302:1319; 323:3590; 324:1800; 325:1603 y 327:5513, entre muchos otros), supuesto que no se configura en esta causa."

"En efecto, como se ha puntualizado en el considerando 4° del pronunciamiento recurrido, la presunción de validez que debe reconocerse a los actos de las autoridades constituidas obliga en los procesos precautorios a una severa apreciación de las circunstancias del caso y de los requisitos ordinariamente exigibles para la admisión de toda medida cautelar."

"Que los argumentos vertidos por el Estado provincial no alteran la conclusión precedente en cuanto a la verosimilitud del derecho invocado por la actora, ni al peligro en la demora que podría acarrear la continuación del status quo ante que la prohibición de innovar neutralizó (Fallos: 327:4850; causa M.747.XLIII 'Municipalidad de San Luis c/ San Luis, Provincia de s/ acción declarativa de certeza', pronunciamiento del 20 de julio de 2007)."

"Que por otra parte, los términos en que fue interpuesto el recurso imponen recordar que no obstante el señalado criterio riguroso al que está sometida la admisión de este tipo de pretensiones, ello no implica que el juzgador deba efectuar un desarrollo pormenorizado de las distintas circunstancias que rodean a la relación jurídica. De lo contrario si estuviese obligado a extenderse en consideraciones al respecto, peligraría la carga que pesa sobre él de no prejuzgar, es decir de no emitir una opinión o decisión anticipada a favor de cualquiera de las partes sobre la cuestión sometida a su jurisdicción (conf. Fallos: 314:711 y causa M.1267.XLIV 'Molinos Río de la Plata S.A. y otra c/ Misiones, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad', sentencia del 15 de septiembre de 2009)."

Normas que cita

  • Ley 4467 (Misiones)
  • CPCCNarts. 68, 69 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Fallos 297:543CSJN
  • Fallos 302:1319CSJN
  • Fallos 323:3590CSJN
  • Fallos 324:1800CSJN
  • Fallos 325:1603CSJN
  • Fallos 327:5513CSJN
  • Fallos 327:4850CSJN
  • Municipalidad de San Luis c/ San Luis, Provincia de s/ acción declarativa de certezaCSJN · 20/07/2007
  • Fallos 314:711CSJN
  • Molinos Río de la Plata S.A. y otra c/ Misiones, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidadCSJN · 15/09/2009

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