TEJEDA LIVORIO APOLINAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos en un reclamo de reajuste previsional contra la ANSeS, revocó la sentencia apelada en los términos de los precedentes citados y modificó el plazo de cumplimiento conforme al art. 21 de la ley 26.153. La decisión se fundó en la remisión a los fundamentos de los precedentes D'Este y Pérez, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas relativas a la pauta de movilidad aplicable desde abril de 1995 y a los arts. 16, 22 y 23 de la ley 24.463.
¿Quién es el actor?
Livorio Apolinar Tejeda.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional, vinculados con la pauta de movilidad aplicable a partir de abril de 1995 y con los arts. 16, 22 y 23 de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios, revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de los fallos citados y modificó el plazo de cumplimiento según el art. 21 de la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios esgrimidos por las partes, vinculados con la pauta de movilidad que corresponde aplicar a partir del mes de abril de 1995 y con los artículos 16, 22 y 23 de la ley 24.463, son sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por el Tribunal en el precedente 'D'Este' (Fallos: 331:2094), votos concurrentes, y en la causa P.304.XL 'Pérez, María Magdalena c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada con fecha 31 de marzo de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- D'EsteCSJN · Fallos 331:2094
- Pérez, María Magdalena c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 31/03/2009
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