JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MALDOVAN JUAN HORACIO c/ MAFFONI NATALIA s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema declaró procedente el recurso de hecho deducido por la demandada en una ejecución hipotecaria en la que se discuten normas de emergencia aplicadas a obligaciones originariamente pactadas en moneda extranjera. El Tribunal dispuso la suspensión de los procedimientos de ejecución, sin pronunciarse sobre el fondo del asunto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 357. XLVI. RHE
Ejecucion hipotecaria Recurso de hecho Recurso extraordinario Normas de emergencia Obligaciones en moneda extranjera Cuestion federal Art. 14 ley 48 Suspension de la ejecucion Queja procedente Fallos 325:516

¿Quién es el actor?

Juan Horacio Maldovan.

¿A quién se demanda?

Natalia Maffoni.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente la queja por recurso extraordinario denegado y se suspendieron los procedimientos de ejecución. No hubo pronunciamiento sobre el fondo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los argumentos expresados en el recurso extraordinario y mantenidos en la presentación directa, en cuanto se relacionan con la aplicación de normas de emergencia respecto de obligaciones expresadas originariamente en moneda extranjera, podrían prima facie involucrar cuestiones de orden federal susceptibles de examen en la instancia del art. 14 de la ley 48, por lo que la queja es procedente, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del asunto (art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y doctrina de Fallos: 308:249; 317:1447; 323:813; 325:516)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 285 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Fallos 308:249CSJN
  • Fallos 317:1447CSJN
  • Fallos 323:813CSJN
  • Fallos 325:516CSJN

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