NESTLE ARGENTINA S.A. c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema admitió la demanda de Nestlé Argentina S.A. y declaró la inconstitucionalidad de los decretos-leyes provinciales 7290/67 y 9038/78 y del decreto 1160/92 de la Provincia de Buenos Aires, condenando a la Provincia a repetir los impuestos al servicio de electricidad pagados en el período reclamado. La Corte rechazó la excepción de prescripción y remitió a los precedentes Fallos 320:1302, 322:1781 y Carrefour.
¿Quién es el actor?
Nestlé Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
inconstitucionalidad de los decretos-leyes 7290/67 y 9038/78 (impuesto al servicio de electricidad y adicional al consumo de energía eléctrica) y del decreto 1160/92, y repetición de las sumas abonadas entre mayo de 1992 y julio de 1996 en distintos establecimientos de la actora. Se amplió la demanda por violación del principio de unidad tarifaria (leyes 14.772, 24.065 y decreto 714/92) y se incorporó la planta San Andrés.
Resolución: la Corte rechazó la excepción de prescripción opuesta por la Provincia, declaró la inconstitucionalidad de las normas citadas y condenó a la Provincia a restituir las sumas cuya repetición resultó procedente, cuyo monto se determinará en ejecución, con intereses y costas. Se desestimó la repetición respecto de los inmuebles y períodos cuyo pago no quedó acreditado (Av. San Lorenzo y Ruta Panamericana, Planta San Andrés, y los pagos posteriores a septiembre de 1995 en Munro y El Talar).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte remitió por razones de brevedad a sus precedentes ("Carrefour Argentina S.A. c/ Buenos Aires", 6/10/2009, y "Bruno, Juan Carlos", Fallos 332:2250), en cuanto consideró que las cuestiones son sustancialmente análogas. Textualmente: "las cuestiones debatidas en autos son sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 320:1302 y 322:1781". Respecto de la prueba, señaló que los pagos quedaron acreditados mediante facturas reservadas, informes de EDELAP S.A. y EDENOR S.A. (agentes de percepción) y el peritaje contable de fs. 538/546, no impugnado. Con relación a la repetición, dispuso: "corresponde admitir la acción de repetición (arts. 34, inciso 4° y 163, inciso 6°, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) frente a la inconstitucionalidad de las disposiciones legales que constituyeron la causa fuente de las obligaciones tributarias en cuestión." La excepción de prescripción fue rechazada remitiendo a los mismos precedentes; la actora sostuvo que correspondía el plazo decenal del art. 4023 del Código Civil.
No se registraron votos en disidencia.
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Normas que cita
- Decreto-ley 7290 (Buenos Aires)
- Decreto-ley 9038 (Buenos Aires)
- Decreto 1160 (Buenos Aires)
- Ley 14.772
- Ley 15.336Energia electrica
- Ley 24.065Energia electrica
- Decreto 714
- CPCCNarts. 34, 163, 477, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- CCart. 4023 · Codigo civil
- Ley 10.397 (Buenos Aires)arts. 118, 119
- Ley 11.681 (Buenos Aires)arts. 56, 61
- Ley 12.575 (Buenos Aires)art. 55
- Constitución Nacionalarts. 9, 10, 11, 14, 16, 31, 75 inc. 13 y 18, 116, 117, 126
Fallos que cita
- Carrefour Argentina S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ repetición de impuestosCSJN · 06/10/2009
- Bruno, Juan CarlosCSJN · Fallos 332:2250
- Fallos 320:1302CSJN
- Fallos 322:1781CSJN
- Fallos 316:165CSJN
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