JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BRAVO JUAN RAMON c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/S/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario de la ANSeS en un reclamo de reajuste previsional de Juan Ramón Bravo y revocó la sentencia apelada en cuanto a la pauta de movilidad del período 1995-1997, con el alcance fijado en el precedente D'Este. Las demás objeciones del recurso fueron declaradas inadmisibles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 76. XLIV. RHE
Recurso extraordinario Movilidad previsional Haber jubilatorio Reajuste previsional Anses Periodo 1995-1997 Precedente d'este Art. 280 cpccn Seguridad social Recurso de hecho

¿Quién es el actor?

Juan Ramón Bravo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales conforme a la movilidad del período 1995-1997 (el texto no detalla otros conceptos reclamados).

¿Qué se resolvió?

se declara parcialmente procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "D'Este" (Fallos: 331:2094). Las restantes objeciones del recurso son inadmisibles (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"los agravios de la ANSeS relacionados con la pauta de movilidad fijada para el período comprendido entre 1995 y 1997 resultan sustancialmente análogos a los analizados y resueltos por el Tribunal en la causa 'D'Este' (Fallos: 331:2094), votos concurrentes, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad." "Que las restantes objeciones esgrimidas en el recurso extraordinario son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

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