LUCERO SEGUNDO IRENE c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS Y OTRO s/AMPARO
Los bancos recurrentes cuestionaron amparos iniciados por ahorristas para obtener la restitución de depósitos reprogramados por el Estado Nacional. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, revocó las sentencias apeladas y rechazó las demandas, aplicando el precedente Velo de Ipola.
¿Quién es el actor?
Ahorristas y titulares de depósitos bancarios (Eduardo Caffaratti y otro, entre otros, en las causas acumuladas).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional y, según cada causa, otros organismos y entidades financieras.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restitución de depósitos bancarios reprogramados mediante las medidas económicas dispuestas por el Estado Nacional, mediante acciones de amparo y acciones declarativas de certeza.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios, se revocan las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravios y se rechazan las demandas, en los términos del precedente "Velo de Ipola" (causa V.247.XLIII, sentencia del 25 de agosto de 2009), al que se remite por razones de brevedad, y también según lo resuelto en "Ramos" (Fallos: 331:2316). Las costas se distribuyen por su orden en atención a la complejidad de la cuestión debatida y a las particularidades del caso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Resulta aplicable a las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa V.247.XLIII 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad (confr., en el mismo sentido, causa 'Ramos' —considerandos 5º y 6º— Fallos: 331:2316)."
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Fallos que cita
- Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la NaciónCSJN · 25/08/2009
- RamosCSJN · Fallos 331:2316
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