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Corte Suprema

DUPUY DANIEL OSCAR Y OTROS c/ SANATORIO MODELO QUILMES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS RES.PROF. MEDICOS Y AUX.

Daniel Oscar Dupuy y otros demandaron por mala praxis médica al Sanatorio Modelo Quilmes y a la Dirección de Ayuda Social del Congreso tras la ceguera irreversible de una recién nacida prematura. La Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia de Cámara: excluyó los montos de la menor del régimen de consolidación de deudas y dispuso que el cobro de la condena siga el trámite de los arts. 131 y 132 de la ley 11.672, sin ejecución inmediata por las vías comunes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 640. XLIV. ROR
Mala praxis neonatal Retinopatia del prematuro Responsabilidad medica Deber de seguridad obra social Perdida de chance Consolidacion de deudas del estado Ley 23.982 Embargo preventivo Inembargabilidad de fondos publicos Ejecucion de sentencias contra el estado.

¿Quién es el actor?

Daniel Oscar Dupuy y Viviana Noemí Sabín, por sí y en representación de sus hijos menores Yanet Marien, Solange Ailen y Braian Leonel.

¿A quién se demanda?

Sanatorio Modelo Quilmes; Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación (D.A.S.); doctores Miguel Maiztegui, Daniel Morales, Eduardo Piucci y Gabriel Perales.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de la mala praxis sufrida por la menor Yanet Marien tras su nacimiento prematuro, que le provocó ceguera bilateral irreversible.

¿Qué se resolvió?

se declaró admisible el recurso ordinario de la demandada y se revocó parcialmente la sentencia de Cámara, con el alcance de los considerandos 21 a 26; se desestimó el recurso extraordinario de los actores; y, en el incidente de medida cautelar, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario de la demandada y se revocó la sentencia que había confirmado el embargo preventivo sobre los ingresos de la D.A.S. Las costas se impusieron por su orden en el ordinario y con costas en los demás recursos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en efecto, contrariamente a lo afirmado por la apelante, la alzada valoró tanto los antecedentes y factores patológicos obstétricos que presentaba la madre como las condiciones en que había nacido la menor y las acciones terapéuticas a la que había sido sometida durante su internación en la unidad de cuidados intensivos del área de neonatología del sanatorio, para concluir que se estaba ante una situación de altísimo riesgo".

"Que tampoco corresponde atribuir a la demora de los padres en efectuar el control oftalmológico algún grado de concausalidad en la producción del daño, pues (...) ni de la historia clínica ni de las restantes constancias de la causa surge que al darse el alta a la menor o al efectuar dicha indicación (...) se hubiese informado a los progenitores acerca de la urgencia del caso".

"Que sólo respecto de los montos indemnizatorios fijados a su favor —por resultar la damnificada directa del hecho que dio origen a la causa— resulta de aplicación al caso la doctrina de Fallos: 318:1593; 327:2551 y 4067, en cuanto declara que el régimen de pago con bonos en los supuestos en que se trate de una reparación integral que exige la atención inmediata de las afecciones de orden físico, psíquico y estético de quien reclama resulta incompatible con la garantía de los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional".

"Que por las consideraciones expuestas en la causa 'Giovagnoli' (Fallos: 322:2132) (...) corresponde revocar el pronunciamiento apelado. En efecto, las razones invocadas en el citado precedente llevan a afirmar que el procedimiento de cobro de las sumas fijadas en la sentencia de condena debe seguir el trámite dispuesto en los arts. 131 y 132 de la ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto".

Normas que cita

  • CÓDIGO CIVILart. 902 · Codigo civil
  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 17, 18
  • Ley 23.982arts. 1, 2, 7 · Deuda publica
  • Ley 11.672arts. 131, 132 · Permanente de presupuesto
  • Ley 25.344art. 18 · Emergencia economica-financiera
  • CPCCNarts. 280, 212 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • GiovagnoliCSJN · Fallos 322:2132
  • Dupuy (causa 532)CSJN · 15/11/2011 · Fallos 326:1733
  • Dupuy (causa 532)CSJN · 15/11/2011 · Fallos 327:2551
  • Fallos 318:1593CSJN
  • Fallos 317:1921CSJN
  • Fallos 322:1393CSJN
  • Fallos 329:2688CSJN
  • Fallos 306:178CSJN
  • Fallos 308:344CSJN
  • Fallos 306:1409CSJN
  • Fallos 326:1632CSJN
  • Fallos 329:463CSJN
  • Fallos 328:1740CSJN

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