MILKAUT S.A. c/ CORRIENTES, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA
La actora Milkaut S.A. promovió acción declarativa de certeza contra la Provincia de Corrientes por el impuesto sobre los ingresos brutos aplicado a su establecimiento industrial. La Corte Suprema declaró la causa de su competencia originaria, corrió traslado de la demanda y hizo lugar a la medida cautelar de no innovar, impidiendo al Estado provincial reclamar diferencias de la alícuota cuestionada.
¿Quién es el actor?
Milkaut S.A., representada por la doctora Ariadna Laura Artopoulos.
¿A quién se demanda?
Provincia de Corrientes, no presentada en autos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción declarativa de certeza vinculada al impuesto sobre los ingresos brutos, respecto de la alícuota aplicada por la actividad de elaboración de leches y productos lácteos deshidratados, con fundamento en el lugar de ubicación del establecimiento industrial.
¿Qué se resolvió?
se declaró la competencia originaria de la Corte, se corrió traslado de la demanda por sesenta días y se hizo lugar a la medida cautelar de no innovar, en consecuencia la Provincia debe abstenerse de reclamar diferencias del impuesto por la alícuota aplicada desde el anticipo 01/2016 y de trabar medidas cautelares sobre el patrimonio de la sociedad hasta el dictado de sentencia definitiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la presente causa corresponde a la competencia originaria del Tribunal, de conformidad con lo decidido en el precedente publicado en Fallos: 329: 3890 y en las causas CSJ 230/2011 (47-E) /CSJ 'ENOD S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad' y CSJ 47/2012 (48-A)/CSJ 'Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad', sentencias del 22 y 28 de agosto de 2012, sustancialmente análogas, entre otras, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."
"En igual sentido, en el sub lite el Tribunal considera que se encuentran reunidos los presupuestos necesarios para acceder a la medida cautelar pedida (artículo 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
El juez Rosatti se remite a las consideraciones efectuadas en su voto emitido en la causa CSJ 2902/2015.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacional
- CPCCNarts. 319, 322, 338, 341 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- ENOD S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidadCSJN · 22/08/2012
- Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidadCSJN · 28/08/2012
- Fallos 329:3890CSJN
- Harriet y Donnelly S.A. c/ Chaco, Provincia del s/ acción declarativa de certezaCSJN · 24/02/2015
- Droguería del Sud S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de certezaCSJN · 02/06/2015
- Telecom Argentina S.A.CSJN · Fallos 338:802
- Telecom Personal S.A. c/ Santa Fe, Provincia de s/ acción declarativa de certezaCSJN · 10/09/2015
- ENOD S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ incidente de medida cautelarCSJN · 15/09/2015
- Bayer S.A. c/ Santa Fe, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidadCSJN · 23/02/2016
- Telecom Personal S.A. c/ Chaco, Provincia del s/ acción declarativa (art. 322 Cód. Procesal)CSJN · 13/12/2016
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.