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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - TOLEDO TELMA RAQUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que había condenado a Provincia ART S.A. a indemnizar un accidente in itinere con el adicional del artículo 3 de la ley 26.773, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento. El voto de Rosatti, en disidencia parcial, sostuvo que el adicional procede en el trayecto hacia o desde el trabajo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 063793/2013/1/RH001
Accidente in itinere Ley 26.773 Adicional de pago unico Art. 3? Riesgo de trabajo Aseguradora de riesgos del trabajo Recurso extraordinario Queja Indemnizacion tarifada A disposicion del empleador.

¿Quién es el actor?

Telma Raquel Toledo.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por accidente de trabajo in itinere ocurrido el 13 de junio de 2013, que provocó una incapacidad parcial y permanente del 10%, y el adicional de pago único del art. 3° de la ley 26.773.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja, declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con el alcance indicado, devolviendo la causa para un nuevo pronunciamiento. La Cámara había condenado a la ART a pagar $50.033,16 con intereses. La decisión remite a los fundamentos de la causa "Páez Alfonzo" (27/9/2018) respecto de la aplicación del adicional a los accidentes in itinere; los demás agravios fueron declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación a los casos de accidentes in itinere del adicional de pago único establecido en el art. 3° de la ley 26.773 encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa CNT 64722/2013/1/RH1 'Páez Alfonzo, Matilde y otro c/ Asociart ART S.A. y otro s/ indemnización por fallecimiento', sentencia del 27 de septiembre de 2018, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."

"Que, respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que la interpretación del a quo no se encuentra en pugna con la letra de la ley, que establece que corresponde el adicional de pago único 'cuando el daño se produzca en el lugar de trabajo o lo sufra el dependiente mientras se encuentre a disposición del empleador'..."

¿Cómo votaron los jueces?

remite a su voto en "Yanelli" (11/12/2018).

Leyes que cita

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