Recurso Queja Nº 1 - GARCIA, PATRICIA ALEJANDRA c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había declarado mal concedida la apelación de Galeno ART por considerar que el monto de condena no alcanzaba el mínimo del art. 106 de la ley 18.345. El Tribunal sostuvo que la cámara omitió computar la actualización por RIPTE y no atendió los agravios sobre la aplicación temporal de la ley 26.773, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Patricia Alejandra García.
¿A quién se demanda?
Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Resarcimiento por incapacidad permanente parcial derivada de accidente in itinere ocurrido el 1 de octubre de 2010 (art. 14.2.a. ley 24.557), con el adicional del art. 3 de la ley 26.773.
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo resuelto, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...en punto a la declaración de inapelabilidad de la sentencia de origen, el a quo no ha efectuado un tratamiento adecuado de la controversia de acuerdo con las constancias de la causa y a las normas aplicables..."
"...los señores jueces de cámara omitieron computar el monto resultante de la aplicación del RIPTE determinada en primera instancia para evaluar si el capital de condena superaba el monto mínimo para recurrir sin proporcionar fundamento alguno que justificase la adopción de ese temperamento."
"...eludieron el tratamiento de los fundados agravios expresados por la apelante que, entre otros aspectos relevantes, se dirigían a impugnar la decisión de primera instancia por apartarse de los criterios establecidos por este Tribunal en el precedente 'Espósito' (Fallos: 339:781) relativos a la aplicación temporal de la ley 26.773."
"En tales condiciones se impone la descalificación del fallo apelado por no constituir derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias concretas de la causa..."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Rosatti consideró que el recurso extraordinario no cumple con el requisito de fundamentación autónoma y desestimó la queja.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
- Ley 18.345Organizacion y procedimiento
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