ACCIARESI MARIO RAIMUNDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió reajuste de su haber previsional contra la ANSeS, cuestionando la constitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241 y la utilización del índice RIPTE en lugar del ISBIC. La Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, aplicando el precedente Gualtieri, y declaró inadmisibles las objeciones referidas al índice RIPTE y al art. 26 de la ley 24.241.
¿Quién es el actor?
Mario Raimundo Acciaresi.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario de la ANSeS y se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Gualtieri" (Fallos: 340:411). Las restantes objeciones del organismo (utilización del índice RIPTE en lugar del ISBIC y declaración de inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241) fueron declaradas inadmisibles por aplicación del art. 280 del CPCCN. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la ANSES, relacionados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241, suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en la causa 'Gualtieri' (Fallos: 340:411), a cuyos fundamentos, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."
"Que las restantes objeciones del organismo previsional referentes a la utilización del índice RIPTE en lugar del ISBIC, para la actualización de las remuneraciones y las vinculadas con una supuesta inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
Cita del voto de Rosatti, Maqueda, Highton de Nolasco y Lorenzetti, tomada de "Vidal" (Fallos: 344:3156): "...cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..."
El juez Rosenkrantz remite a su disidencia en la causa "Blanco" (Fallos: 341:1924), por lo que no adhiere a los fundamentos de la mayoría.
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 25, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 17.454
Fallos que cita
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