Recurso Queja Nº 1 - SGARAMELLO, RUBEN DANIEL c/ COCA COLA FEMSA DE BUENOS AIRES S.A. s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION
La Corte Suprema hizo lugar a la queja de un consumidor y declaró procedente el recurso extraordinario contra la sentencia que limitó el beneficio de justicia gratuita del art. 53 de la ley 24.240 a la tasa de justicia. Dejó sin efecto el fallo y ordenó dictar uno nuevo conforme a su precedente ADDUC y otros (Fallos 344:2835), que extiende el beneficio a otros gastos del proceso.
¿Quién es el actor?
Rubén Daniel Sgaramello.
¿A quién se demanda?
Coca Cola Femsa de Buenos Aires S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de interrupción de prescripción, en el marco de una relación de consumo.
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que había confirmado la resolución de primera instancia según la cual el beneficio de justicia gratuita del art. 53 de la ley 24.240 alcanza solo a la tasa de justicia. Ordenó el dictado de un nuevo pronunciamiento conforme al precedente "ADDUC y otros", con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"si bien lo atinente a la imposición de costas remite al estudio de cuestiones fácticas y procesales, propias de los jueces de la causa y ajenas, en principio, a la vía del art. 14 de la ley 48, corresponde hacer excepción a dicha regla cuando el pronunciamiento contiene solo una fundamentación aparente, prescinde de circunstancias relevantes del proceso, o no satisface la exigencia de validez de las decisiones que impone siempre la aplicación razonada del derecho vigente con adecuada referencia a los hechos comprobados en la causa" (Fallos 316:224 y 330:4903).
"Los fundamentos y conclusiones de dicho precedente a los que corresponde remitir –en lo pertinente– en razón de brevedad (especialmente considerandos 8° y 9°) resultan aplicables a las cuestiones aquí planteadas." (Considerando 4°, voto de la mayoría.)
El voto del Dr. Rosenkrantz agrega que la decisión recurrida pone fin al pleito o causa un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior (Fallos 306:1693; 312:1150; 320:1821; 327:4415), y remite igualmente a "ADDUC y otros" (Fallos 344:2835, considerandos 8° y 9°).
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Normas que cita
- Ley 24.240arts. 53, 55 · Defensa del consumidor
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
Fallos que cita
- ADDUC y otrosCSJN · Fallos 344:2835
- Fallos 316:224CSJN
- Fallos 330:4903CSJN
- Fallos 306:1693CSJN
- Fallos 312:1150CSJN
- Fallos 320:1821CSJN
- Fallos 327:4415CSJN
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