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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - LANGONI, MAXIMILIANO HERNAN c/ D AVERSA, OSVALDO FRANCISCO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el actor en un juicio por daños y perjuicios derivado de un accidente de tránsito, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y revocó la resolución apelada. Ordenó dictar un nuevo fallo ajustado a los precedentes Vitale, Bortolotti y S.I.M. Servicios e Insumos Médicos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 087083/2015/2/RH001
Recurso de queja Recurso extraordinario Danos y perjuicios Accidente de transito Doctrina vitale Doctrina bortolotti Doctrina s.i.m. Revocacion Nuevo fallo Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Maximiliano Hernán Langoni (representado por el Dr. Matías Augusto Vidaurreta).

¿A quién se demanda?

Osvaldo Francisco D'Aversa y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y revocó la resolución de la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Las costas se impusieron en el orden causado según el art. 68 del CPCCN ("Con costas"), y los autos volvieron al tribunal de origen para dictar un nuevo fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la apelante remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en las causas 'Vitale' (Fallos: 339:368), CIV 11345/2011/1/RH1 'Bortolotti, Silvia María c/ Transporte Automotor Plaza S.A.C.I. s/ daños y perjuicios (acc. trán. c/ les. o muerte)', del 16 de abril de 2019 y CIV 99289/2010/1/RH1 'S.I.M. Servicios e Insumos Médicos SRL c/ La Primera de Grand Bourg SATCI y otros s/ daños y perjuicios (acc. trán. sin lesiones)', del 14 de mayo de 2019, cuyas consideraciones se dan por reproducidas." La remisión a esos precedentes funciona como fundamento íntegro de la decisión.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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