BAYER S.A. c/ SANTA FE PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Bayer S.A. demandó a la Provincia de Santa Fe por la inconstitucionalidad de un régimen de alícuotas diferenciales del impuesto sobre los ingresos brutos según el lugar de radicación del contribuyente. La Corte Suprema hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional ese régimen por discriminar y crear una suerte de aduana interior, y dejó sin efecto la resolución API 11-6/2015.
¿Quién es el actor?
Bayer S.A.
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción declarativa de inconstitucionalidad del art. 160, inc. ñ, del Código Fiscal provincial; arts. 6° y 7° de la ley 3650 (modificados por ley 13.286); art. 1° de la resolución general API 14/2012 y decreto 2707/2012, y la resolución API 11-6/2015. Se impugnaba además la pretensión de cobro de diferencias del impuesto sobre los ingresos brutos por los períodos 07/2011 a 01/2014, por $ 8.109.019,79, por no tener establecimiento en la provincia.
¿Qué se resolvió?
la Corte hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de las normas citadas y de la resolución API 11-6/2015, en relación a las actividades de la actora alcanzadas por dicha normativa. Costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción deducida constituye una vía idónea para motivar la intervención del Tribunal, pues no se trata de dar solución a una hipótesis abstracta sino que se propone precaver los efectos de la ley provincial 3650 (t.o. 1997, modificada por la ley 13.286) y el decreto local 2707/2012, a la par de fijar relaciones legales que vinculan a las partes en el conflicto."
"En el presente caso, se advierte que ha mediado una conducta estatal explícita de la demandada, dirigida a la aplicación de las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos que la aquí actora cuestiona."
"[L]a aplicación de las normas locales que se cuestionan, en el caso concreto, al gravar las actividades de la actora con alícuotas más gravosas, obstaculizaba el desenvolvimiento del comercio entre las provincias."
"[S]e alteraba la corriente natural del comercio (Constitución Nacional, artículos 75, inciso 13, y 126), instaurando así una suerte de 'aduana interior' vedada por la Constitución Nacional (artículos 9° a 12), para perjudicar a los productos foráneos en beneficio de los manufacturados en su territorio, extremo que conduce a la declaración de invalidez de la pretensión fiscal de la demandada (Fallos: 340:1480)."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.