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Corte Suprema

Legajo Nº 2 - REQUERIDO: ARAUJO GUZMÁN, EDISON ADEMIR s/LEGAJO DE APELACION

La Corte Suprema confirmó la sentencia del Juzgado Federal n° 1 de Salta que concedió la extradición de Edison Ademir Araujo Guzmán a la República del Perú por robo agravado. Rechazó los planteos de nulidad, de falta de fundamentación y de prescripción de la acción penal, y dispuso comunicar al país requirente el tiempo de privación de libertad sufrido por el requerido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FSA 026610/2018/2/CS001
Extradicion Robo agravado Republica del peru Tratado bilateral Prescripcion de la accion penal Nulidad Fundamentacion Derechos humanos Computo de detencion Recurso ordinario

Actor/Requirente: República del Perú.

Demandado/Requerido: Edison Ademir Araujo Guzmán.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

extradición del requerido por el delito de robo agravado, en el marco del tratado bilateral aprobado por la ley 26.082.

¿Qué se resolvió?

se confirmó la sentencia de primera instancia que declaró procedente la extradición.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la nulidad por falta de fundamentación: "esta crítica fue formulada en términos absolutamente genéricos, prescindiendo de las concretas circunstancias verificadas en la causa", y la defensa vinculada con la prescripción de la acción penal "fue debidamente considerada por el a quo".

Sobre la prescripción en el Estado requirente: "se advierte que el cuestionamiento resulta una mera reiteración de un planteo que fue debidamente considerado por el a quo"; además, se destaca que el apelante omitió ponderar "las normas extranjeras aplicables al discernimiento de la prescripción de la acción", donde "se detallan las razones por las que la prescripción para el delito de robo agravado operaría en el año 2039".

Sobre el tiempo de detención: "razones de equidad y justicia que reconocen sustento en las normas de derecho internacional de los derechos humanos, aconsejan que el juez de la causa ponga en conocimiento del país requirente el tiempo de privación de libertad al que estuvo sujeto el requerido en este trámite de extradición".

Sin disidencias: la sentencia se dicta en forma unánime y sin votos separados.

Leyes que cita

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