Recurso Queja Nº 1 - RUIZ, PABLO ALEJANDRO c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador promovió demanda por el cobro de una suma de dinero tras un accidente laboral. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia de la cámara, argumentando que excedió su competencia al introducir un aspecto no solicitado por el reclamante, vulnerando así derechos fundamentales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Excesos en el límite de la competencia apelada- Aspecto no introducido por el interesado
La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda promovida por el trabajador y condenó a la demandada a abonarle una suma de dinero más intereses -de acuerdo con la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la nación Argentina- desde el día en que ocurrió el accidente. Con motivo de un recurso de apelación deducido por la aseguradora la cámara resolvió que los accesorios se acumulen al capital por una única vez a la fecha de notificación del traslado de la demanda, de conformidad con lo dispuesto en el inciso b del artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación.
La Corte dejó sin efecto esta sentencia.
Resaltó que la decisión de primera instancia solo había sido recurrida por la parte demandada y que la cámara introdujo la capitalización referida sin que hubiera existido solicitud al respecto por parte del reclamante. En consecuencia, al haber fallado sobre un aspecto que no fue oportunamente introducido por el interesado había excedido el principio de congruencia e incurrido en una indebida reformatio in pejus.
El Tribunal agregó que la cámara había colocado así a la única apelante en peor situación que la resultante de la sentencia impugnada, todo lo cual constituía una violación en forma directa e inmediata de las garantías de defensa en juicio y de propiedad
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 27.348art. 11 · Riesgos del trabajo
- CCyCNart. 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Constitución NacionalConstitucion nacional
Fallos que cita
- Fallos 315:1204CSJN
- Fallos 319:1135CSJN
- Fallos 325:603CSJN
- Fallos 330:1849CSJN
- Fallos 343:1791CSJN
- Fallos 310:1371CSJN
- Fallos 327:3495CSJN
- Fallos 335:1031CSJN
- Fallos 258:220CSJN
- Fallos 268:323CSJN
- Fallos 312:1985CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.