NEIRA, JUAN CARLOS RAMON c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Neira promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Decreto 679/97 reclamando la reducción del aporte previsional y diferencias retroactivas. La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia, declaró mal concedido el recurso de Gendarmería Nacional y modificó parcialmente la dispositiva respecto de prescripción y del procedimiento de cobro (art. 22 Ley 23982).
¿Quién es el actor?
Neira, Juan Carlos Ramón.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional; Gendarmería Nacional; Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción declarativa de inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 679/97 y exigencia de reducción del aporte previsional al 8% (con pago de diferencias retroactivas).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por Gendarmería Nacional (imponiéndole costas) y hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la Caja de Retiros, revocando parcialmente los puntos I y II de la parte dispositiva de la sentencia de primera instancia para redactarlos en los términos indicados (prescripción de diferencias anteriores a los dos años previos a la demanda y aplicación del art. 22 de la Ley 23982 para el procedimiento de cobro e intereses). Diferimiento de la regulación de honorarios hasta contar con base regulatoria firme.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“Que, mediante sentencia de fecha 02/07/2025, el magistrado de primera instancia resolvió hacer lugar a la acción planteada, declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y ordenó a la Gendarmería Nacional reducir el aporte previsional al 8% -conforme Ley 22788-. Declaró prescriptas las diferencias devengadas con anterioridad a los 2 años previos a la fecha de interposición de demanda, por aplicación del art. 2, segunda parte de la Ley 23627. Ordenó a las demandadas abonar las diferencias retroactivas que resulten del cálculo por el periodo no prescripto. Fijó tasa de interés.”
“En efecto, y en contraposición a lo expuesto por la recurrente, basta remitirse a los considerandos del pronunciamiento atacado para verificar que el juez de la instancia anterior no ha dictado una sentencia desprovista de toda argumentación, ni ajena a los hechos discutidos en autos, por lo que corresponde rechazar ese planteo.”
“Por ello, corresponde confirmar la sentencia de primera instancia en este punto.” (referido a la inconstitucionalidad del DNU 679/97, con remisión a precedentes de esta Cámara y de la doctrina del Alto Cuerpo).
“En cuanto a la crítica sobre la aplicación del procedimiento de cobro del capital e intereses, entiendo que asiste razón al apelante... se procede a ordenar que la cancelación de los créditos a favor del actor se realice conforme lo dispuesto en el art. 22 de la Ley 23982...”
Dispositivo final (transcripción íntegra): “Por lo que resulta del Acuerdo que antecede, la Cámara Federal de Apelaciones dicta la siguiente Sentencia: 1) Declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto por Gendarmería Nacional, con costas en esta instancia a la demandada vencida (art. 68 del CPCCN)... 2) Hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal, revocando parcialmente los puntos I y II... 3) Diferir la regulación de los honorarios... 4) Regístrese, notifíquese...”
¿Cómo votaron los jueces?
No hubo voto en disidencia; los Dres. Ramón Luis González y Fermín Amado Ceroleni adhirieron al voto de la Dra. Mirta Gladis Sotelo de Andreau.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 23.627Jubilaciones y pensiones
- Ley 22.788Gendarmeria nacional
- Ley 23.982Deuda publica
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.