ROZALES GABRIEL ALEJANDRO C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
El actor demandó por accidente in-itinere y acordó conciliación con la ART demandada. El Tribunal homologó el acuerdo, rechazó la eximición de pago de la Tasa de Justicia (ordenando liquidación de $176.000) e impuso costas y regulación de honorarios a cargo de la demandada.
¿Quién es el actor?
ROZALES GABRIEL ALEJANDRO.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (EXPERTA ART S. A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por accidente in-itinere; se presentó acuerdo conciliatorio para homologación (liquidación de prestaciones/indemnización).
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo conciliatorio; se rechazó la eximición de pago respecto de la Tasa de Justicia debiendo la demandada integrar el sellado por $176.000; se impusieron las costas a la demandada y se reguló y fijó el monto de los honorarios profesionales (con montos y equivalencias en jus y obligaciones de aportes); diversas advertencias y comunicaciones procesales y administrativas relacionadas con el pago y depósito de las prestaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
¿Cómo votaron los jueces?
"Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec.339/94 B.O. 29-7-94)."
"VOTO POR LA AFIRMATIVA (art. 54 de la Ley 15.057)."
"A LA MISMA CUESTION LOS DRES. RIVOLTA BLANCA ESTER y BUDNIK GUSTAVO DANIEL votan en igual sentido que la Dra. LAREQUI MARIA EUGENIA, por compartir sus fundamentos."
Bloque dispositivo final (decisión de la mayoría):
"RESUELVE: a) Homológuese el acuerdo conciliatorio en los términos expresados por las partes. (Art. 30 Ley 15.057, Art.15 Ley 20.744).-
b) A la eximición de pago solicitada, no ha lugar, en consecuencia, intímese a la demandada para que junto con el primer pago que realice integre el sellado correspondiente a la TASA DE JUSTICIA que la señora Actuaria liquida en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MIL ($ 176.000.-) con los alcances de los Arts. 270 y concordantes del Código Fiscal.-
c) Impónense las costas a la demandada EXPERTA ART S. A. y en consecuencia regúlense los siguientes honorarios profesionales, conforme lo normado por la Ley 14967, estableciendo además su equivalencia en valor jus (...) NOLI MARÍA SOL ($800.000.-) equivalente a (15,02.- jus), SANCHEZ SANTIAGO ($800.000.-) equivalente a (15,02.- jus) y de los señores peritos intervinientes medico BOGACZ JORGE LUIS, psicólogo LORES SANDRA MARIEL la suma de pesos ($400.000.-) PARA CADA UNO de ellos, sumas que NO incluyen el impuesto al valor agregado (...) Tiénese presente el reconocimiento efectuado por la parte demandada en relación a los honorarios profesionales de la representación letrada de la parte actora DE XAMMAR LEANDRO ARIEL la suma de pesos ($1.600.000.-), con más aportes y contribuciones de ley que correspondieren."
"d) Hácese saber a los letrados intervinientes que una vez percibidos los honorarios deberán acreditar el pago de los aportes previsionales respectivos y en caso de no haber cumplido con lo dispuesto por el art. 13 de la ley 6716 se pondrá en conocimiento de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires (...)"
(Además, el dispositivo contiene obligaciones sobre depósito en cuenta sueldo según art. 17 Ley 27.348, información de CBU/CUENTA/CUIL por el actor, suspensión de plazos hasta cumplimiento, y comunicaciones relativas a peritos y notificaciones).
¿Cómo votaron los jueces?
No hubo disidencia; los tres jueces votaron en igual sentido y el dispositivo consolida la homologación y las medidas accesorias.
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Normas que cita
- Ley 20.744arts. 15, 277 · Ley de contrato de trabajo
- Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 168
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)art. 270
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 54, 30, 12
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 16, 21, 54
- Ley 8455 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 14
- Ley 10.620 (Provincia De Buenos Aires)arts. 193, 207
- Ley 13.750 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 13.948 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 10.765 (Provincia De Buenos Aires)art. 25
- Ley 23.349arts. 3, 5
- Ley 23.871Impuesto al valor agregado
- Ley 27.348art. 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 26.590Contrato de trabajo
- Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 13, 21, 22
Fallos que cita
- MORCILLO HUGO HECTOR C/ PROVINCIA DE BS. AS. S/ INCONST. DECR.-LEY 9020SCBA
- ZUCCOLI, MARCELA A. C/ SUM S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (causa 77.914)SCBA
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