MARTINEZ FAUSTO CAIN C/ ARTESANALES HABELO S.R.L. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El actor solicitó la homologación de un convenio conciliatorio por reclamo laboral para el pago de $4.500.000. El Tribunal homologó el acuerdo por considerar que constituye una justa composición de derechos e intereses, impuso costas a la demandada y reguló honorarios profesionales en $450.000 para cada letrado.
¿Quién es el actor?
MARTINEZ FAUSTO CAIN.
¿A quién se demanda?
ARTESANALES HABELO S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de convenio conciliatorio en reclamo laboral; pago convenido por la demandada a la actora por $4.500.000 conforme art. 277 apartado a) LCT (art. 56 Ley 27.802).
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo conciliatorio presentado el 30/09/2026 por entender que constituye una justa composición de derechos e intereses (art. 15 LCT). Se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios de los profesionales intervinientes (8,21 jus = $450.000 para cada uno) con adicionales y posible IVA; se intimó a la demandada a acreditar pago de tasa de justicia ($99.000) y sobretasa ($4.950) en cinco días de quedar firme, y se fijaron reglas de pago (cuenta sueldo, denuncia de CBU en 48 horas).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El principio protectorio impera en el Derecho del Trabajo e informa la mayor parte de sus normas, ha sido elevado a la jerarquía constitucional por el art. 14 bis de la Constitución Nacional, se identifica plenamente con el orden publico laboral e inspira la irrenunciabilidad consagrada en el art. 12 de la LCT. Derivación de tal irrenunciabilidad es el art. 15 de la LCT que admite los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios; no obstante, para su validez y eficacia, exige no sólo la intervención de la autoridad administrativa o judicial sino, también, la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada. Ello impone la obligación al Tribunal de analizar y evaluar el mérito y la legalidad del acuerdo que proponen las partes."
"Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (arts. 15 de la LCT y 30, ley 15057)."
"En cuanto a los honorarios profesionales que corresponde regular a los letrados intervinientes en autos, en atención al monto del acuerdo arribado, los antecedentes de la causa, el valor, mérito, calidad jurídica de la labor desarrollada, estimo los emolumentos del Dr. MATIAS IGNACIO SEERY, por su labor durante la vigencia de la ley 14967, en la suma de OCHO JUS CON VEINTIUN CENTÉSIMOS (8,21) equivalentes a PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000,00); y los de la Dra. MARIA ALEJANDRA ALES por su labor durante la vigencia de la ley 14967, en la suma de OCHO JUS CON VEINTIUN CENTÉSIMOS (8,21) equivalentes a PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000,00); ambos con más sus adicionales de ley ... e IVA si correspondiere."
¿Cómo votaron los jueces?
el Dr. Toraf expuso fundamento y propuso homologar; los Dres. Aparisi y Quadranti adhieren "por los fundamentos dados por el señor juez preopinante", conformando unanimidad. El dispositivo final homologa el acuerdo y dispone las obligaciones mencionadas.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 14 bis · Constitucion nacional
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 30, 89
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 292, 293, 340
- Ley 27.802art. 277 · Ley de modernizacion laboral
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 54
- Decreto-ley 8.904 (Provincia De Buenos Aires)arts. 14, 16, 21, 22, 23, 28, 43, 51, 54
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 22
- Ley 10.268 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Ley 11.625 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 22
- Resolución 873/2026 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 23.349arts. 3, 9
- Resolución 761/2020 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 15.563 (Provincia De Buenos Aires)art. 2
- Ley 26.696art. 1 · Contrato de trabajo
- Resolución 921/2021 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 20.744
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.