JurisprudenciaARG
Primera Instancia

SORIA GABRIELA BELEN C/ COVIMAQ S.A. S/ DESPIDO

La actora inició demanda por despido e incumplimientos laborales reclamando indemnizaciones y diferencias salariales. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a COVIMAQ S.A. a pagar $22.689.280 por indemnización por despido y haberes adeudados, rechazando vacaciones, art. 2° ley 25.323, diferencias salariales y horas extras.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - MORON
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-42968-2022
Despido Indemnizacion Actualizacion ley 27.802 Registracion Multa ley 24.013 Art.45 ley 25.345 Dnu 528/20 Rebeldia de la demandada Intereses cer+3% Costas a la demandada

¿Quién es el actor?

Gabriela Belén Soria.

¿A quién se demanda?

COVIMAQ S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido indirecto (autodespido) y pago de indemnizaciones (arts. 232, 233 y 245 LCT), diferencias salariales, horas extras, vacaciones, multas por registración incorrecta (arts. 10 y 15 ley 24.013), multa art. 45 ley 25.345, duplicación DNU 528/2020, y otras prestaciones laborales.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcial a la demanda; se condena a COVIMAQ S.A. a pagar a la actora la suma actualizada de PESO VEINTIDOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 22.689.280) por indemnización por despido y haberes adeudados (arts. 232, 233 y 245 LCT; art. 45 ley 25.345; arts. 10 y 15 ley 24.013; DNU 528/20). Se rechazan los rubros vacaciones; art. 2° ley 25.323; diferencias salariales y horas extras. Costas a la parte demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Dable es señalar que, en cuanto a la existencia de la relación laboral que vinculara a las partes de este juicio tal extremo, no resultó un hecho controvertido. En efecto, de ello han dado cuenta los recibos de sueldo aportados por la actora como prueba documental junto con la presentación liminar, y lo dispuesto respecto a la autenticidad al proveerse las pruebas ofrecidas (art. 54 de la ley 15.057 y art. 375 del CPCC)."

"Expuestos estos antecedentes, y el intercambio epistolar reconocido, atendiendo a la presunción que dimana del art. 57 de la LCT, he de tener por acreditado, que el autodespido obedeció al silencio guardado por COVIMAQ S.A. a los requerimientos de la trabajadora."

"Considero por ello que la cuestión originalmente planteada se torno abstracta: Dable es señalar que con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley 27.802, que modificó los parámetros de actualización, nada argumentó el reclamante; quedando de facto sin efecto ya, lo que establecieran los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 (T.O.). Es asi que el crédito actoral histórico asciende a Pesos 800.919,46, y la actualización de dicho capital, con mas lo intereses resultantes de la Tasa Pasiva del Banco Central de la República Argentina arroja al día de la fecha la suma de Pesos 14.021.576, siendo que el piso mínimo - que aplica el CER + 3% -, es de Pesos 22.689.280, han de aplicarse los intereses que resulten de la variación de Índices de Precios al Consumidor , Nivel General, resolviendo en consecuencia que el capital de sentencia actualizado al día del presente pronunciamiento, asciende y prospera por la suma de Pesos VEINTIDOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 22.689.280) (art. 276 de la ley 27.802)."

¿Cómo votaron los jueces?

Los tres magistrados votaron en idéntico sentido; el bloque dispositvo final del Tribunal acordó hacer lugar parcial a la demanda y condenar a la suma indicada. No hubo disidencia relevante en la solución mayoritaria.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Sosa Clemente y otros c/ Alessia Sacif y Ac. cobro dif. salariosSCBA · 01/04/1992
  • Cassino, Arnaldo Angel c/ Toschi, Martín y otros s/ DespidoSCBA · 05/12/2012
  • Bonifina Lidia c/ Dominguez Perez José s/ diferencias salariales
  • Garzón c/ El Mangrullo Hotelera Cono Sur S.A.Trib. Trab. Nº 3 Lomas de Zamora · 29/04/1986

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