VILLARROEL VIVANCO OSVALDO ANTONIO C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión contra la Comisión Médica y reclamó indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 25/1/2025. El Tribunal revocó la decisión administrativa y declaró que el trabajador padece una incapacidad parcial y permanente del 18,08% t.o., condenando a la aseguradora al pago de $44.652.608.
¿Quién es el actor?
OSVALDO ANTONIO VILLARROEL VIVANCO, representado por la Dra. Luciana Andrea Arnal.
¿A quién se demanda?
FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A (aseguradora de riesgos del trabajo de INDUSTRIAS PLASTICAS POR EXTRUSION S. A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de revisión de la resolución de la Comisión Médica N°38 que había determinado ausencia de incapacidad por el accidente laboral del 25/1/2025; se reclama reconocimiento de incapacidad y el pago de las prestaciones e indemnizaciones correspondientes.
¿Qué se resolvió?
Se revocó la resolución de la Comisión Médica y se declaró que el trabajador padece una incapacidad parcial y permanente del 18,08% t.o. con relación causal al accidente del 25/1/2025; se condenó a FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A a pagar $44.652.608, con intereses y costas a cargo de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En definitiva, se ha acreditado que OSVALDO ANTONIO VILLARROEL VIVANCO presenta una incapacidad parcial y permanente del 18,08% t.o. la que guarda relación causal con la contingencia sufrida el 25/1/2025"
"En consecuencia al Valor Ingreso Base (VIB) actualizado por RIPTE de $ 1.459.181,82 determinado precedentemente corresponde adicionar un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina (Tasa Activa) desde la fecha del siniestro (25/1/2025) hasta el día de la fecha resultando en una suma de $ 930.487,17, lo que arroja un total de $2.389.668,99 conforme a lo establecido en el art. 11.2 de la ley 27.348."
"En consecuencia y de conformidad con las citas legales efectuadas y lo normado por el art. 3 del Dto. 1694/09 la parte accionante resulta acreedora de la suma de $ 37.210.507- en concepto de prestación por incapacidad laboral permanente y parcial consecuencia del siniestro sufrido el 25/1/2025 a cargo de la demandada : FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A (art. 26 ley 24.557) monto superior al mínimo establecido en la citada norma legal."
"Asimismo, corresponde admitir el reclamo de pago de la indemnización adicional de pago único en compensación por cualquier otro daño no reparado por las fórmulas previstas por la ley 24.557 y sus modificatorias, por el Dto. 1694/09, sus normas complementarias y reglamentarias, equivalente al veinte por ciento (20%) de la suma determinada precedentemente prevista por el art. 3 de la ley 26.773 en atención a que el daño se produjo en el lugar de trabajo, que en el caso de autos asciende a la suma de $ .7.442.608.-"
"Por todo lo expuesto, citas legales efectuadas y de conformidad los parámetros salariales establecidos propongo se condene a : FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A a pagar a OSVALDO ANTONIO VILLARROEL VIVANCO la suma de $ 44.652.608 en el plazo de DIEZ días de notificado el pronunciamiento en la "cuenta sueldo" o cuenta bancaria de titularidad de la parte trabajadora..."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto de la Dra. Chirinos expone los fundamentos y propone la revocación; las Dras. Boxler y Canale adhieren al mismo sentido. El bloque dispositivo final del Tribunal coincide con la propuesta y constituye la decisión de la mayoría.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.557arts. 2, 11, 12, 14, 26 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348arts. 2, 11.2, 12, 17, 37 · Riesgos del trabajo
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2 inc. j), 24
- Decreto 1694/09art. 3
- DNU 669/19
- Ley 26.773art. 3 · Riesgos del trabajo
- Ley 26.950Convenios
- CCyCNart. 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCCNart. 474 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 24.432art. 277 · Honorarios profesionales
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 4013 (Provincia De Buenos Aires)
- Expte. SRT N° 150041/25
Fallos que cita
- Musychuk, Claudio Ruben c/ La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.SCBA · 14/07/2025
- Barrios, Héctor Francisco y otra c/ Lascano, Sandra Beatriz y otraSCBA · 27/04/2024
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.