JurisprudenciaARG
Primera Instancia

GONZALEZ MARIANO EZEQUIEL C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió acción de revisión (art. 2 inc. j) ley 15.057) por accidente laboral del 4/9/2024 y reclamó indemnización por incapacidad. El Tribunal hizo lugar y estableció incapacidad parcial, permanente y definitiva del 11,69% TO, condenando a la aseguradora a pagar $25.535.564,18 en 10 días y a imponer costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - SAN MARTIN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
56683
Accion de revision Ley 15.057 Accidente de trabajo 4/9/2024 Incapacidad parcial permanente 11 69% to Indemnizacion art.14 l.24.557 Art.3 ley 26.773 Vib ripte $1.080.109 16 Pago $25.535.564 18 Provincia art s.a. Costas a la demandada

¿Quién es el actor?

MARIANO EZEQUIEL GONZALEZ (n. 24/2/1987), asistido por el Dr. Pablo Daniel Labriola.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión en los términos del art. 2 inc. j) de la ley 15.057 contra la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional que no reconoció incapacidad por accidente laboral ocurrido el 4/9/2024; se reclaman prestaciones por art. 14 LRT y art. 3 ley 26.773 y se plantean inconstitucionalidades.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de revisión y se estableció que el Sr. González padece incapacidad parcial, permanente y definitiva del 11,69% TO por el accidente del 4/9/2024; se condenó a la aseguradora a pagar $25.535.564,18 en concepto de indemnización (art. 14 L.24.557 y art. 3 L.26.773) en el plazo de diez días en cuenta sueldo, se impusieron costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios hasta firmeza.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Del informe de ARCA agregado en autos surgen las remuneraciones correspondientes al año anterior al accidente (4/9/2024) de las que extraigo el valor ingreso base mensual (VIB) en los términos del art. 12 LRT de $ 1.080.109,16."

"en la pericia producida en autos el perito determinó que la actora presenta incapacidad, de grado parcial y carácter permanente, en relación causal con el accidente por lesión meniscal derecha e incapacidad psicológica del orden del 19.43%, incluidos los factores de ponderación."

"Considero que corresponde hacer lugar parcialmente a las impugnaciones de la demandada y otorgar incapacidad psicológica del 4% en relación con el siniestro de autos atento la mecánica del mismo, la incapacidad física asignada y a lo que obtengo del psicodiagnostico agregado en autos (art. 474 del CPCC)."

"Así, estimo que el actor es portador de incapacidad del 11.69% TO (lesión meniscal 8% CR 7.09, incapacidad psicológica 4% CR 3.26%, factores de ponderación Dificultad 10% y Edad 3% = 1.34%) por el siniestro de fecha 4/9/2024 (art. 474 del CPCC y Baremo 549/25)."

"De acuerdo a lo expuesto ... corresponde hacer lugar a la indemnización reclamada."

"Al Valor Ingreso Base mensual (VIB) actualizado por RIPTE de $ 1.080.109,16 corresponde adicionar el interés Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina desde el siniestro (4/9/2024) hasta el día de la fecha de $ 874.960,33, suma que arroja la de $ 1.955.069,49 en los términos del artículo 11.2 de la ley 27.348."

"Practicado el cálculo, la prestación asciende a PESOS VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 25.535.564,18), que deberá ser abonada por la aseguradora en el plazo de 10 días..."

"Atento las circunstancias fácticas y jurídicas en que se funda la acción y el modo en que se resuelve, los planteos de inconstitucionalidad interpuestos por la parte actora resultan abstractos."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Boxler votó detallando los antecedentes, pericias y cálculos; las Dras. Canale y Chirinos adhirieron a los fundamentos y votaron en el mismo sentido. El bloque dispositivo final confirma por mayoría la resolución indicada.

Normas que cita

Fallos que cita

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