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Primera Instancia

MARQUEZ OSVALDO CESAR C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Reclamó indemnización por accidente de trabajo por lesión en rodilla y secuelas psíquicas. El Tribunal rechazó íntegramente la demanda por ausencia de nexo causal y de incapacidad física o psicológica acreditada, imponiendo costas al actor y regulando honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - SAN ISIDRO
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-34273-2014
Accidente de trabajo Incapacidad Nexo causal Menisectomia Pericia medica Pericia psicologica Ley 15.057 Costas Honorarios Provincia de buenos aires.

¿Quién es el actor?

Osvaldo Cesar Márquez, por intermedio del Dr. Carlos Enrique Rosales y con patrocinio de la Dra. María de los Ángeles Roberto.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires, representada por la Fiscalía de Estado (Dra. María Virginia Romero).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción por accidente de trabajo (siniestro del 5/11/2012) reclamando incapacidad física del 25% y psíquica del 15% y corresponderes indemnizatorios.

¿Qué se resolvió?

Rechazar en todas sus partes la demanda; imponer costas al actor; regular honorarios y abrir cuenta judicial conforme Resol. SC 1890/26.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De tal modo, concluye que la menisectomía a la que el trabajador se sometió -y por la que correspondería determinar un 4% de incapacidad de l t.o - fue efectuada con posterioridad y no guarda relación con el accidente de autos."

"En suma, entiendo que no se encuentra acreditado de qué modo un golpe directo como el descripto puede provocar una lesión meniscal."

"No logrando conmover mi consideración los argumentos vertidos por la legitimada, en virtud de la ausencia de incapacidad física, concluyo, y es mi íntima convicción, que como consecuencia del infortunio denunciado el trabajador no presenta incapacidad psicológica alguna."

Conclusión dispositiva final: "Rechazar en todas sus partes la demanda promovida por OSVALDO CESAR MARQUEZ contra PROVINCIA DE BUENOS AIRES (art. 726 del Código Civil y Comercial)."

Costas y honorarios: "Propicio imponer las costas al actor por haber resultado vencido (art. 24 de la ley 15.057)." y regulación detallada de honorarios (ej.: Dr. Carlos Enrique Rosales 5 JUS = $266.160; Dra. María de los Ángeles Roberto 2 JUS = $106.464; peritos $200.000 cada uno; abogados de la demandada 8 JUS = $425.856 y 4 JUS = $212.928).

Votación y regla de mayoría: Los Dres. Canabal (preopinante), Bonini y Fernández Rocha votaron en sentido coincidente; el bloque dispositivo final del Tribunal confirma el rechazo íntegro de la demanda.

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