SUCESORES DE NIEVAS ELSA SOLEDAD C/ CLUB ATLETICO ESTUDIANTES DE OLAVARRIA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS, ETC.
Los sucesores de Elsa Nievas demandaron por prestaciones del régimen de riesgos del trabajo y diferencias salariales por la muerte en acto de servicio de Ram ón Sanabria. El Tribunal hizo lugar a las prestaciones sistémicas de la Ley 24.557 a favor de los derechohabientes, rechazó lucro cesante, daño moral y diferencias salariales, y condenó al club al pago de $232.687.713,37 por capital e intereses.
¿Quién es el actor?
Sucesores de Elsa Soledad Nievas (posteriormente representados por las sucesiones de Gloria Ester Zamudio): LUCÍA SUSANA ZAMUDIO; CLAUDIA ROSANA BALDA; CARLOS DANIEL BALDA.
¿A quién se demanda?
Club Atlético Estudiantes de Olavarría.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Resarcimiento integral por muerte en ocasión de trabajo de Ramón Luis Sanabria (prestador de tareas de vigilancia), con pedido de prestaciones del régimen de riesgos del trabajo (Ley 24.557), diferencias salariales, daño moral y lucro cesante; además planteo de inconstitucionalidad de preceptos de la LRT.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la existencia de relación laboral entre Sanabria y el Club (ingreso 01-04-2006, tareas de vigilancia). Se consideró que la contingencia ocurrió en acto de servicio y, si bien la autopsia concluyó que la causa primaria fue un ACV con electrocución como concausa, el Tribunal hizo lugar a las prestaciones previstas por la Ley 24.557 y declaró inconstitucionales varios preceptos de la LRT (art. 12; tope art.15.2 segundo párrafo; art.11.4.c) en los términos expuestos), fijando los montos liberados por aplicación de criterios de suficiencia reparadora y actualización. Condenó al CLUB ATLÉTICO ESTUDIANTES DE OLAVARRÍA a pagar $232.687.713,37 (capital $147.176.279,10 e intereses $85.511.434,27), distribuidos entre los derechohabientes: Lucía Susana Zamudio $116.343.856,68; Claudia Rosana Balda $58.171.928,34; Carlos Daniel Balda $58.171.928,34. Rechazó las pretensiones de lucro cesante, daño moral y diferencias salariales. Costas a la demandada; beneficio de gratuidad de la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ha quedado reconocida la prestación de servicios de Sanabria para el Club Atlético Estudiantes, prestando tareas de vigilancia."
"La presunción iuris tantum establecida en el art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo queda desvirtuada si la prueba producida demuestra que las tareas prestadas reconocen un origen o causa ajena a un contrato de trabajo" (cita jurisprudencial).
"Existe absoluta orfandad probatoria del contrato que dice haber celebrado con Picco y, que vincule a este con la víctima. Ergo resulta inatendible el argumento del Municipio... Dicha normativa local, fue tergiversada, resultando un instrumento que favoreció, en el caso de autos, el fraude laboral."
Sobre la causa de la muerte y la necropsia:
"Allí la Doctora Sandra Claudia Gomez, concluye en lo siguiente (fs. 92):
Causa de muerte: paro cardio respiratorio traumático
Manera de muerte: electrocución
Mecanismo de muerte: accidente cerebro vascular hemorrágico que provoca desequilibrio contacto del cuerpo con fuente de electricidad y electrocución."
Sobre la valoración de peritajes:
"Arribamos a una notoria discrepancia entre la necropsia practicada por la Doctora Gómez -complementado por la declaración testimonial de fs. 100 de la I.P.P.- y el informe elaborado por el Doctor Soriani. ... Por tales razones encuentro convicción en la necropsia elevada por la Doctora Gómez, haciendo mías sus conclusiones ... 'Que la causa primaria de la muerte fue el ACV, que de ninguna manera pudo haber sido la electrocución, de este modo el cuerpo hubiese presentado otras características, con lesiones más importantes y óbito inmediato en el lugar del hecho, sin perjuicio de no poder obviarse la importancia de la electrocución en el caso concreto, que vino a acelerar el deceso de la víctima'."
Sobre la procedencia de prestaciones LRT y la inconstitucionalidad de normas:
"Por tales argumentos, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 12 L.R.T., tomándose en este caso los salarios vigentes al año anterior del dictado de esta sentencia, para proceder al cálculo del Ingreso Base Mensual."
"Por lo que declaro la inconstitucionalidad del tope establecido en el artículo 15 apartado '2', segundo párrafo de la Ley 24.557 (texto según artículo 7 apartado '2' del Decreto 1278/2000)."
"Por ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 11, apdo. '4', inc. 'c' (texto Decreto 1278/2000, artículo 3), por cuanto resulta irrazonable, confiscatorio y cercenador de los artículos 14 bis, 16, 17 y 28 C.N."
Dispositivo (extracto del fallo):
"FALLO: I) Haciendo lugar, a la demanda entablada ... condenándola a abonar la suma de $232.687.713,37. Correspondiendo a capital $147.176.279,10 y a intereses $85.511.434,27. Distribuida de la siguiente forma: 1) LUCÍA SUSANA ZAMUDIO, $116.343.856,68; 2) CLAUDIA ROSANA BALDA, $58.171.928,34 y 3) CARLOS DANIEL BALDA, $58.171.928,34 ... II) Repeler el reclamo por Lucro cesante y Daño Moral. ... III) Repeler el reclamo por diferencias salariales. ... IV) Las costas por la citación de Eduardo Santiago Picco y la MUNICIPALIDAD DE OLAVARRÍA, se imponen a la demandada CLUB ATLÉTICO ESTUDIANTES DE OLAVARRÍA."
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Normas que cita
- Ley 20.744art. 23 · Ley de contrato de trabajo
- Ley 24.557arts. 28, 1, 8, 21, 22, 39, 46, 12, 15, 11, 18 · Ley de riesgos del trabajo
- Decreto 1278/2000arts. 7, 3
- Decreto 334/96art. 5
- Decreto 935 (Caba)
- CCarts. 902, 622, 7, 3
- CCyCNart. 7 · Codigo civil y comercial de la nacion
- DNU 70
- Ley 27.742Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos
- Ley 27.802arts. 55, 54 · Ley de modernizacion laboral
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 27, 12
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 23
- Ley 11.653 (Provincia De Buenos Aires)arts. 26, 29
- CCT 160/75art. 5
Fallos que cita
- Suárez GuimbardCSJN · 24/06/2008
- Fallos 260:153CSJN
- Fallos 247:121CSJN
- Fallos 306:303CSJN
- AzameSCBA · 15/04/2015
- D., J.C.SCBA · 03/06/2015
- ReinecheSCBA · 28/09/2016
- BottaiaSCBA · 18/10/2017
- G., M.L.SCBA · 12/02/2020
- Morcillo, Alfredo Rolando c/ Mapfre Argentina ART S.A.SCBA · 14/03/2023
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