ZARRAGA SALAZAR, ALEJANDRA DEL VALLE s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de carta de ciudadanía por Alejandra del Valle Zarraga Salazar; se otorgó la ciudadanía argentina y se ordenaron las comunicaciones a los registros correspondientes y el emplazamiento para su identificación dentro de un año.
¿Quién es el actor?
ZARRAGA SALAZAR, ALEJANDRA DEL VALLE (solicitante de carta de ciudadanía), nacida el 11/01/1980 en Edo. Nueva Esparta, República de Venezuela; Documento Nº 95.643.605.
¿A quién se demanda?
No se individualiza una parte demandada; se tramita solicitud de naturalización ante el Juzgado Federal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de Carta de Ciudadanía / otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la ciudadanía argentina a la Sra. Zarraga Salazar, ordenando el emplazamiento para identificación como argentino naturalizado en el plazo de un año, la extensión de la Carta de Ciudadanía y la comunicación a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y al Registro Nacional de Electores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1°.- Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley n° 24.533 y su modificatoria n° 24.591." "2°.- Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Procurador Fiscal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." (Dispositivo) "1°.- Otorgar la CIUDADANIA ARGENTINA a la Sra.: ZARRAGA SALAZAR, ALEJANDRA DEL VALLE con los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a la República Argentina, a su Constitución y sus Leyes. 2°.- Emplazar al solicitante para que proceda a su identificación como argentino naturalizado en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley 17671 modificada por las Leyes 20.974 y 22.435). 3°.- Ordenar las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, Al Registro Nacional de las Personas y al Registro Nacional de Electores y Carta de Ciudadanía. 4°.- Protocolícese, hágase saber y líbrese las comunicaciones de ley.-"
¿Cómo votaron los jueces?
No aparecen votos en disidencia en el expediente.
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Leyes que cita
- Ley 346Ciudadania
- Ley 24.533Ciudadania
- Ley 20.974Identificacion personal
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