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Primera Instancia

VERGARA ARRASCO, JUAN CARLOS s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización; el Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina a Juan Carlos Vergara Arrasco y ordenó su identificación y las comunicaciones registrales conforme a las leyes citadas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE CORDOBA 2
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 006708/2024
Identificacion Registro nacional de las personas Carta de ciudadania Ciudadania argentina Naturalizacion Direccion nacional de migraciones Ley 346 Ley 24.533 Ley 24.591 Juzgado federal de cordoba

¿Quién es el actor?

VERGARA ARRASCO, JUAN CARLOS (DNI 95.666.735), nacido el 12/10/1984 en José Leonardo Ortiz, Chiclayo, Perú.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (trámite de naturalización ante el Juzgado Federal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización.

¿Qué se resolvió?

Se otorgó la ciudadanía argentina por naturalización a favor de Juan Carlos Vergara Arrasco, con los derechos y deberes que las leyes acuerdan, previo juramento; se lo emplazó a identificarse como argentino naturalizado en el plazo de un año y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y al Registro Nacional de Electores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°.- Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimoniales producidas y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditando los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley n° 24.533 y su modificatoria n° 24.591. 2°.- Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Procurador Fiscal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."

¿Cómo votaron los jueces?

no se consignan votos en disidencia; la resolución final es la indicada en la Parte Resolutiva.

Normas que cita

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