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Cámara de Apelaciones

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GUANES, IVAN MAXIMILIANO Y OTRO s/ROBO EN CIRCUNSTANCIAS DEL ART.163 (ART.167 INC.4)

Juicio abreviado por intento de robo agravado con escalamiento; se condenó al imputado a 1 año y 6 meses de prisión en suspenso y costas, imponiéndole además la obligación de fijar residencia y someterse al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal por dos años. La Cámara (Tribunal Oral) homologó el acuerdo de juicio abreviado, valoró la prueba (filmaciones y testimonios) y explicó la proporcionalidad punitiva y las atenuantes (reconocimiento y dificultades socioeconómicas).

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL
Fuero
NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCC 053977/2024/TO01
Costas Robo agravado Juicio abreviado Tentativa Individualizacion de la pena Escalamiento Condena en suspenso Ley 27.372 Direccion de control y asistencia de ejecucion penal Obligacion de fijar residencia

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representada por la Auxiliar Fiscal Dra. María Nieves Ricotta Denby).

Demandado / Imputado: Víctor Leonardo Ramón (DNI 29.800.069).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Juicio por el delito de robo agravado por haber sido cometido con escalamiento, en grado de tentativa, en calidad de coautor (arts. 163 inc.4°, 167 inc.4° y conexos del CP).

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Víctor Leonardo Ramón a la pena de un (1) año y seis (6) meses de prisión en suspenso y costas; se le impuso, por dos años, la obligación de fijar residencia y someterse al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal; se ordenó poner en conocimiento a la víctima; y se intimó al imputado a reponer $4.700 en concepto de sellado bajo apercibimiento de multa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En virtud de lo establecido por los artículos 40, 41 y 44 del Código Penal, y con las limitaciones propias del procedimiento de juicio abreviado, corresponde graduar la sanción valorando los elementos que en este caso concurren como agravantes y atenuantes."

"De esta manera, entiendo que, tal como lo propuso la Auxiliar Fiscal, corresponde imponer a Víctor Leonardo Ramón la pena de un (1) año y seis (6) meses de prisión en suspenso, esto último en virtud de su carencia de antecedentes condenatorios."

"La prueba obrante en autos, valorada a la luz de las reglas de la sana crítica procesal (art. 398 del CPPN), permite afirmar con la certeza que esta instancia requiere, que el 2 de octubre de 2024, alrededor de las 6:00 horas, Víctor Leonardo Ramón junto con el condenado Iván Maximiliano Guanes intentó apoderarse ilegítimamente de los bienes que se encontraban en el interior de la fábrica 'GRAVENT'... Seguido a ello, procedió a palpar entre sus ropas, encontrando en el bolsillo derecho de la campera que utilizaba Ramón, un posnet de 'Mercado Pago', una tarjeta de crédito del Banco Galicia y tarjeta de débito del Banco Supervielle..."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra voto en disidencia en el texto; la resolución es unipersonal y firme por el juez firmante.

Normas que cita

  • Ley 27.372arts. 5, 12 · Ley de derechos y garantias de las personas victimas de delitos
  • CParts. 26, 29 inciso 3°, 40, 41, 42, 44, 45, 163 inc.4°, 167 inc.4° · Codigo penal
  • CPPNarts. 25 inc.2°, 399, 398, 431 bis, 430, 531, 530, 403 · Codigo procesal penal
  • Ac.15/2013 CSJN
  • Ac.5/2019 CSJN

Fallos que cita

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