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Cámara de Apelaciones

RINCON APARICIO, JUAN GUILLERMO c/ CASTROMAN, CECILIO ORLANDO Y OTRO s/DESPIDO

Reclamó trabajador por despido indirecto y diferencias salariales por jornada completa y registral. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado: confirmó el reconocimiento del despido indirecto y las indemnizaciones, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27802 y ordenó aplicar su inciso c) para la actualización; además reasignó costas respecto de uno de los codemandados y reguló honorarios de Alzada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA II
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 016842/2018/CA001
Costas Actualizacion monetaria Inconstitucionalidad Diferencias salariales Despido indirecto Jornada completa Honorarios de alzada Cpccn art. 68 Ley 27802 art. 55 Lct arts. 242-245

¿Quién es el actor?

Rincón Aparicio, Juan Guillermo.

¿A quién se demanda?

Cecilio Orlando Castroman y Christian Orlando Castroman.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción por despido (despido indirecto), diferencias salariales por jornada completa, indemnizaciones, actualización de condena, y eventual extensión de responsabilidad solidaria por socio oculto.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada: impuso las costas de primera instancia, por la acción que se rechaza, a cargo del actor; dispuso que el crédito de condena se actualice conforme al considerando (aplicando el inciso c) del art. 55 de la ley 27802); confirmó en lo demás la sentencia de grado; impuso las costas de Alzada en el orden causado; y reguló honorarios por las tareas en Alzada en un 30% sobre lo regulado en primera instancia para la representación letrada de la parte demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien es exacto que la extensión precisa del horario no constituye uno de los datos cuya inscripción resulte legalmente exigible en los términos del art. 52 de la LCT, no es menos cierto que tal circunstancia de ningún modo exime a la parte demandada de cumplir con la carga procesal de exponer en forma clara, precisa y circunstanciada los asertos fácticos que dan sustento a su postura defensiva (art. 356, inc. 2, CPCCN), orfandad que surge manifiesta de la lectura de las respectivas contestaciones de demanda..."

"En tales condiciones, la errónea jornada invocada por la demandada generó la existencia de notorias diferencias salariales que configuraron injuria de gravedad suficiente en los términos de los arts. 242 y 243 de la LCT para legitimar el distracto decidido por el dependiente..."

Sobre la ley 27802: "la ley 27802 ... en su art. 55 dispone que '[e]n los juicios en trámite y aún pendientes de sentencia definitiva, a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley, (…) los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados...'... El último párrafo del artículo citado establece que sus disposiciones 'son de orden público y serán aplicadas por los jueces o por la autoridad administrativa, de oficio o a petición de parte'..."

Sobre control de constitucionalidad: "la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto que debe ser considerado como ultima ratio... debiendo resolverse cualquier duda a favor de la constitucionalidad..."

Aplicación concreta: "voto por modificar la sentencia de primera instancia y establecer que el monto de condena se actualice de conformidad con el inciso c) del art. 55 de la ley 27802, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago."

Sobre costas frente a Christian: "La dispensa prevista en el segundo párrafo de la mentada norma procesal reviste un carácter restrictivo y excepcional... la orfandad probatoria en torno a la pretendida condición de socio oculto ... impidió tener por acreditado presupuesto fáctico alguno ... Por ello, corresponde modificar la sentencia apelada en este tramo y disponer que las costas derivadas del rechazo de la demanda respecto de Christian Orlando Castroman sean impuestas a la parte actora vencida (art. 68, primer párrafo, del CPCCN)."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Andrea E. García Vior discrepó en cuanto a la imposición de costas respecto de Christian, proponiendo que, por las particularidades y la similitud de nombres, las costas de su intervención debieran quedar en el orden causado; sin embargo, el acuerdo mayoritario decidió imponer las costas de la demanda rechazada a cargo del actor, salvo que en lo concreto se modificó y se impuso a la parte actora respecto de Christian (el acuerdo incorpora la modificación propuesta por Sedera respecto de Christian y la adhesión de García Vior en otros extremos). El voto que abrió la causa (Sudera) propuso modificar la inconstitucionalidad y aplicar el inciso c) del art. 55; los demás magistrados adhirieron o se acomodaron a esa solución.

Normas que cita

Fallos que cita

  • García Pinto c/ Mickey SACSJN · 05/11/1991

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