JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

BRANDAN, KARINA GABRIELA c/ DORINKA S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

Actora promovió demanda por despido y reclamó indemnizaciones y certificados laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, declaró mal concedido el recurso de la actora y confirmó la sentencia de grado en lo principal, salvo que modificó el régimen de accesorios conforme al acápite XI del voto del Dr. Tula y dejó sin efecto la regulación previa de honorarios para proceder a una nueva regulación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA II
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 047384/2024/CA001
Intereses Regulacion de honorarios Indexacion Accesorios Costas de alzada Indemnizaciones laborales Despido Camara nacional de apelaciones del trabajo Fecha de ingreso Presuncion art. 55 lct

¿Quién es el actor?

KARINA GABRIELA BRANDAN (actora).

¿A quién se demanda?

DORINKA S.R.L. (codemandados: FRANCISCO DE NARVAEZ y FERNANDO MARTÍN MINAUDO).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción por despido — reconocimiento de fecha real de ingreso (1/12/1998 vs. registro 1/6/1999), indemnizaciones por despido indirecto, accesorios (indexación/intereses), certificaciones art. 80 LCT, y regulación de honorarios periciales y letrados.

¿Qué se resolvió?

la Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, excepto el planteo referido a honorarios; confirmó la sentencia de grado en todo lo principal objeto de recurso y agravios; reemplazó el régimen de accesorios por lo dispuesto en el acápite XI del voto del Dr. Tula; dejó sin efecto los emolumentos profesionales regulados en primera instancia; confirmó las costas de grado y puso las costas de alzada a cargo de DORINKA SRL; y ordenó regular los estipendios profesionales conforme a los acápites XIV y XV del voto del Dr. Tula. (coincide con la Parte Resolutiva).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) “Liminarmente, no puede soslayarse que la sentencia recurrida -en lo atinente a la cuestión involucrada en el recurso deducido por la parte actora- resulta inapelable en razón del monto (cfr. arg. art. 106 LO), ya que el valor que se intenta cuestionar en esta alzada hasta la fecha de concesión del recurso (13/3/2026), asciende a $4.986.742,86... lo cual no logra superar el equivalente a 300 veces el importe del bono de derecho fijo previsto en el art. 51 de la ley 21837 que, al 13/3/2026 ... era de $8.070.000.- ... Por lo tanto, a la luz de los fundamentos que preceden y en tanto no se ha invocado ni se verifica la situación de excepción que contempla el art. 108 inc. ch) de la LO, no cabe otra alternativa que declarar mal concedido el recurso de apelación deducido por la parte actora, dejando a salvo únicamente el planteo allí deducido en materia de honorarios ...”

2) “En tales condiciones, en este marco fáctico, probatorio y normativo, corresponde tener por acreditado que BRANDAN empezó a trabajar bajo la dependencia de DORINKA SRL, en tiempo pretérito al 1/6/1999 que se inscribió como de comienzo de la vinculación (cfr. arg. arts. 90 LO y 386 CPCCN). ... corresponde tener por corroborado que la actora BRANDAN ingresó a trabajar bajo la dependencia de DORINKA SRL, el 1/12/1998, tal como se denunció ...” (fundamento para declarar la legitimidad del despido indirecto y las indemnizaciones).

3) “Con relación a la cuestión a dirimirse, considero aplicable al caso de autos, lo normado por el art. 55 de la ley 27802 (B.O. 6/3/2026). ... voto por dejar sin efecto el sistema de accesorios estructurado en el fallo de grado, y establecer que el capital de condena se acreciente, desde el momento fijado en el pronunciamiento de grado (26/6/2024 ...) y hasta su efectivo pago, mediante la aplicación de los intereses ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina, conforme lo previsto en el inciso a) del art. 55 de la ley 27802. ...”

¿Cómo votaron los jueces?

no se registra una disidencia mayoritaria; la Dra. García Vior adhiere al voto del Dr. Tula pero deja expresa constancia de su opinión minoritaria (reserva de criterio) respecto de la aplicación del art. 55 de la ley 27802 en materia de accesorios.

Normas que cita

  • Ley 18345arts. 106, 107, 116, 125 · Organizacion y procedimiento
  • Ley 24.013arts. 9, 15, 11, 8 · Ley de empleo
  • Ley 27.802art. 55 · Ley de modernizacion laboral
  • Ley 27.742Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos
  • Ley 25.323art. 2 · Contrato de trabajo
  • Ley 27.423arts. 16, 21, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 23.928Convertibilidad del austral
  • DNU 70/23
  • CPCCNarts. 279, 303, 386 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCyCNart. 7 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalarts. 18, 14 bis, 16, 17, 28, 75.22 · Constitucion nacional
  • Ley 21.837art. 51
  • Ley 20.744

Fallos que cita

  • "Vásquez, María Laura c/ Telefónica de Argentina S.A. y otro s/ despido"CNAT Plenario · 30/06/2020
  • "Ministerio de Trabajo c/ Estex S.A."CSJN
  • "Camusso"CSJN · Fallos 294:434
  • "Camba"CSJN · Fallos 299:146
  • "Fallos 310:558"CSJN · Fallos 310:558

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