ESTEVEZ JENIFER KAREN Y OTRO/A C/ RAMOS EDITH MARIA DE LOS ANGELES Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Los actores reclamaron indemnización por daños y perjuicios por un accidente de tránsito con muerte del hijo menor y lesiones graves. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados (y en extensión a la aseguradora) a pagar las sumas fijadas en el dispositivo, imponiendo actualización e intereses y rechazando la capitalización de intereses.
¿Quién es el actor?
Jenifer Karen Estevez y Martir Marcelo Herrera, representados por el Dr. Adolfo Marcos Cukar.
¿A quién se demanda?
Ramos Edith María de los Angeles (conductora del Fiat Uno dominio LSC870) y Ramos Alberto Ismael (titular/guardián del vehículo); citada en garantía La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito del 11/01/2023 (muerte del hijo recién nacido Berni Herrera y lesiones a los padres), con pedido de inoponibilidad o nulidad de la cláusula de límite de cobertura y actualización del límite; diversos rubros (valor vida, daño moral, incapacidad, gastos, destrucción de rodado, tratamiento psicológico, etc.).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se condenó a Ramos Edith María de los Angeles y a Ramos Alberto Ismael a abonar a los actores los montos desglosados en el fallo (ver dispositivo: $2.000.000 en conjunto por gastos de sepelio; a Estevez $142.342.000; a Herrera $113.284.000), con intereses y demás aclaraciones; se hizo extensiva la condena a la aseguradora en los términos del art. 118 ley 17.418; se declaró la oponibilidad del límite de cobertura pero ordenó su actualización a la tasa TIM desde la fecha del hecho hasta la sentencia; se rechazó la capitalización de intereses; costas a los vencidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Fundamento de responsabilidad objetiva y causalidad (extracto):
"El art. 1757 trata la responsabilidad -objetiva- por el riesgo de la cosa. Dispone que 'Toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realización. La responsabilidad es objetiva. No son eximentes la autorización administrativa para el uso de la cosa o la realización de la actividad, ni el cumplimiento de las técnicas de prevención'."
2) Prueba pericial sobre mecánica del accidente (extracto):
"Considerando el análisis efectuado respecto de la mecánica del siniestro y las excelentes condiciones medioambientales reinantes al momento del hecho, quien suscribe adjudica la causa del accidente a la invasión del carril de circulación del Chevrolet Corsa por parte del Fiat Uno debido a razones no determinadas relativas a impericia en conducción en ruta, distracción o falla humana."
3) Sobre cómputo de rubros y método de cuantificación (extracto):
"La cuantificación de los daños debe realizarse conforme las disposiciones del Código Civil y Comercial que resulten aplicables a cada rubro, procurando que la reparación sea plena y adecuada a la entidad del perjuicio efectivamente acreditado... La utilización de una fórmula matemática constituye, en tal marco, una herramienta destinada a exteriorizar de manera objetiva y controlable las variables consideradas por el juzgador..."
4) Dispositivo principal (extracto del FALLO):
"1) Haciendo lugar a la pretensión de daños y perjuicios ... condenando a estos a abonar a los reclamantes ... a) para los 2 actores en conjunto la suma de $ 2.000.000 en concepto de daño emergente (sepelio). b) para la Sra Estevez Jenifer Karen la suma total de $ 142.342.000 ... c) para el Sr. Herrera Martir Marcelo la suma total de $ 113.284.000 ... 2) Hacer extensiva la condena a La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales en los términos del art. 118 de la ley 17.418. 3) Con costas a los accionados vencidos ... 4) Determinar la oponibilidad del limite de cobertura el que será actualizado a la tasa TIM desde a la fecha del hecho, hasta el momento de la sentencia de primera instancia ... 5) Rechazar la capitalización de intereses pretendida."
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Normas que cita
- Ley 24.240arts. 3, 37 · Defensa del consumidor
- Ley 24.449art. 39 y concs. · Ley de transito
- Ley 17.418 (Provincial (buenos Aires))arts. 109, 116, 118
- CCyCNarts. 1722, 1723, 1726, 1727, 1728, 1729, 1730, 1731, 1734, 1736, 1737, 1738, 1739, 1741, 1742, 1746, 1747, 1757, 1758, 1769, 1775, 1777 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCCBA (Provincial (buenos Aires))arts. 34, 36, 68, 163, 165, 375, 384, 385 a 387, 456, 474, 484, 495
- Ley 13.927 (Provincial (buenos Aires))art. 1
Fallos que cita
- Grippo, Guillermo O. y otros c/ Campos, Enrique y otros s/ daños y perjuicios (acc. trán. c/ les. o muerte)CSJN · Fallos 344:2256
- B. 915. XLVII.-Recurso de hecho- Buffoni, Osvaldo Ornar el Castro, Ramiro Martin s/ daños y PerjuiciosCSJN · 08/04/2014 · Fallos 340:765
- Martínez, Emir c/ Boito, Alfredo Alberto s/ Daños y perjuicios (C.119.088)SCJBA · 21/02/2018
- Ferreyra María de los Ángeles y otros c/ Empresa Distribuidora de Energía Norte S.A. (EDEN) s/ Daños y perjuicios autom. c/ lesiones o muerteCámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Junín
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